Se acerca el cierre del ejercicio fiscal y hay que hacer el asiento de cierre contable.

Posted by JJL | 11 noviembre, 2019

Sigue estos pasos para no cometer errores.


Al 2019 le queda poco más de un mes, y para todos los autónomos y empresarios españoles esto se traduce en presión para cerrar el año en positivo, por lo que la fiscalidad cobra especial protagonismo.

Para realizar un buen asiento de cierre contable es necesario hacer un balance de comprobación de suma y saldos, en primer lugar. Para ello tendrás que chequear que los datos de contabilidad coinciden al 100% con lo que se haya descrito en el Libro Diario de tu negocio.

Seguidamente, te tocará revisar el cuadro de cuenta del Plan General Contable, que deberá contemplar todos los elementos de la contabilidad de una organización. El asiento de cierre contable será posible si se certifica que no existen errores ni en la financiación básica, ni en el activo no corriente ni en las existencias, acreedores y deudores por operaciones comerciales, así como en las compras y los gastos, las ventas y los ingresos o los ingresos imputados al patrimonio neto, entre otros.

También habrá que reclasificar las deudas y los créditos, recopilando todas las deudas y créditos pendientes de cobro. Del mismo modo, es necesario realizar un recuento de existencias. Es decir, las que no hayan sido consumidas tienen que cuadrar con el número de existencias totales en el poder del negocio.

Por otro lado, desde https://www.holded.com/ explican que también es necesario realizar un ajuste por periodificación, que implica regularizar todos tus gastos y anticipos, como el pago por adelantado del alquiler del local.

También tendrás que regularizar los ingresos y los gatos y computar el valor de las amortizaciones sumando el inmovilizado material.

Por último, se debe afrontar el cierre de los libros contables y dar por finalizado el asiento del cierre contable con el cierre del libro de inventarios y las cuentas anuales y del libro de registro de facturas o el registro contable, en función de si eres autónomo o empresa.

Fuente: Cincodías.com

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