Los Técnicos del Ministerio de Hacienda (GESTHA) señalan en un comunicado que casi 400.000 contribuyentes no incluyen en la declaración las deducciones fiscales en casos de separación deducciones fiscales en casos de separación o divorcio. Recomiendan a los ciudadanos que modifiquen el borrador antes de confirmarlo para incluir las deducciones fiscales que les benefician en estos casos y presentarlo a la Agencia Tributaria.
Entre 2011 y 2022 se produjeron 1.115.514 separaciones y divorcios en España, y en el 57% de los casos se determinó el pago de pensiones alimenticias a los hijos y en el 10% se acordaron, además, pensiones compensatorias entre cónyuges.
Los técnicos lamentan en un comunicado «el gran desconocimiento que existe en España en torno a los impuestos y , singularmente, del IRPF». Como ejemplo, señalan que un tercio de las personas separadas o divorciadas que abonan pensiones compensatorias a su excónyuge olvidan incluir esta reducción de la base imponible (39.374 declarantes). Es más, un 47,5%, -317.579 declarantes- no saben que pueden reducir la progresividad de sus rentas por las cantidades abonadas por anualidades por alimentos a favor de los hijos satisfechas por decisión judicial.
«Las pensiones compensatorias a favor del cónyuge fijadas en la resolución judicial de separación o divorcio o en el convenio regulador formalizado ante el Secretario judicial o el Notario, al igual que anualidades por alimentos a favor de familiares que no sean los hijos, reducen la base imponible general de quienes las pagan, sin que pueda resultar negativa, y si queda remanente reducen la base imponible del ahorro sin que, tampoco, pueda resultar negativa»; apunta.
En cambio, para quien recibe la pensión compensatoria o las anualidades por alimentos a favor de familiares que no sean los hijos, constituye un rendimiento del trabajo no sometido a retención.
Asimismo, los técnicos explican que quien pague cantidades por alimentos a favor de los hijos no reducen la base imponible general, sino que se limita la progresividad de las escalas de la base liquidable general, siempre que no puedan aplicar el mínimo por descendientes.
«En cambio, para los hijos dichas anualidades se consideran rentas exentas si se perciban por decisión judicial o por convenio regulador decretado judicialmente o formalizado ante el Secretario judicial o en escritura notarial, o del convenio equivalente previsto en las comunidades autónomas».
En líneas más generales, Gestha recuerda que en la página Web de la AEAT de la campaña de Renta, junto con el borrador, puede descargarse también el Manual práctico de Renta 2023, en el apartado Ayuda, y basta con seguir el índice del Manual y acceder sólo a los aspectos personales o familiares que se adapten a su situación particular y les permita mejorar la declaración.
En este marco, los técnicos destacan que deben revisarse el índice de las deducciones estatales y de su Comunidad Autónoma, pues solo el 9,3% de los contribuyentes utilizan las deducciones autonómicas.
Los técnicos recuerdan otras novedades relativas a la devolución a los pensionistas que realizaron aportaciones a mutualidades, la modificación de la deducción por maternidad desde el 1 de enero de 2023 y del incremento por gastos de guarderías tras la Sentencia del Tribunal Supremo de 8 de enero de 2024.
También recuerdan la nueva deducción por contribuciones empresariales a sistemas de previsión social empresarial imputadas a favor de los trabajadores, el nuevo Régimen fiscal especial de las Illes Balears (la deducción temporal por dotaciones a la Reserva para inversiones en las Illes Balears y la deducción por rendimientos derivados de la venta de bienes corporales producidos en Illes Balears), o los nuevos incentivos relativos a la adquisición de vehículos eléctricos y puntos de recarga.
La atención presencial en oficinas con cita previa empezó el lunes y la campaña del IRPF de 2023 arrancó el pasado 3 de abril.
Desde entonces ya se han presentado, por internet o por teléfono, más de 13,5 millones de declaraciones, la mayoría con solicitud de devolución (más de 10,2 millones). Más de 7,2 millones de contribuyentes han recibido más de 4.700 millones de euros en devoluciones.
Fuente: Expansión