Madrid da un paso más para atraer el capital extranjero. La presidenta de la Comunidad, Isabel Díaz Ayuso, ha anunciado este lunes que a partir de 2024 entrará en vigor una nueva deducción en el IRPF destinada a cualquier persona que no haya residido en España en los últimos cinco años y quiera invertir y trasladarse a la región.
De este modo, el nuevo contribuyente podrá desgravarse el 20% del total de la inversión que realice en activos financieros o inmobiliarios en la cuota autonómica del impuesto. Eso sí, siempre que se mantenga durante los siguientes seis años.
Así lo ha anunciado este mismo lunes Díaz Ayuso en Nueva York durante el desayuno informativo organizado por Spain-Us Chamber of Commerce eInvest in Madrid bajo el título ‘Madrid, líder en atracción de inversiones extranjeras’. La presidenta de la Comunidad ha explicado el modelo económico de la región basado en una «baja fiscalidad que no castigue a las empresas» y una Administración «amable y eficaz con la menor burocracia posible».
Se trata, según Ayuso, de una medida fiscal diseñada para facilitar la llegada de capital foráneo y nuevos contribuyentes y, también, para favorecer a las empresas que ya están radicadas en la Comunidad de Madrid y que buscan fondos para poder expandir sus negocios.
«Que se queden a vivir entre nosotros es lo que queremos, que lleguen a Madrid nuevas familias que se establezcan aquí y vengan con sus hijos a seguir contribuyendo a esta España», ha destacado Ayuso, al tiempo que ha recordado que con esta nueva medida, no se establece tope máximo ni mínimo, es decir, será aplicable a partir del primer euro invertido.
¿Tendrá límite la deducción?
El único límite anual será la propia cuota de IRPF sobre la que se aplica la deducción del 20%, es decir, si es suficiente para compensar toda la desgravación, se podrá hacer el primer año. Si no lo es, se irá repartiendo a lo largo de los siguientes cinco.
A modo de ejemplo, un madrileño que regrese a la Comunidad o un extranjero que invierta 1 millón de euros, se podrá deducir el 20% del total (200.000 euros) si su cuota de IRPF para ese año es igual o superior. En caso contrario, lo que no se pueda aplicar ese año, se repartirá en los cinco siguientes ejercicios.
El Ejecutivo madrileño iniciará en las próximas semanas el procedimiento para llevarlo a cabo, como es la publicación del anteproyecto de ley en audiencia pública antes de poder elevarlo al Consejo de Gobierno. Una vez éste lo apruebe,será remitido a la Asamblea para su tramitación parlamentaria y aprobación final.
Fuente: El Economista