Los cambios fiscales de 2018 van a favor del contribuyente.

Posted by JJL | 5 febrero, 2018

Destacan el aumento de la cuantía exenta en la concesión de becas y en las tarjetas restaurante, la rectificación de autoliquidación y la extensión del mínimo por descendiente.


La llegada de 2018 ha traído novedades fiscales que, según los expertos, benefician a los contribuyentes. Entre ellas destacan el aumento de la cuantía exenta en la concesión de becas y en las tarjetas restaurante, la rectificación de autoliquidación y la extensión del mínimo por descendiente a quienes tienen atribuida la guardia y custodia de menores.

Los asesores fiscales coinciden en admitir que las novedades fiscales que se aplicarán este año y que ya han sido aprobadas no suponen grandes cambios respecto al régimen tributario del año pasado y, en su mayoría, son positivas para los ciudadanos. «No se han introducido modificaciones de gran calado, lo que han hecho ha sido adecuar textos legales a los reglamentos», afirma Marta González Álvaro, subdirectora del Gabinete de Estudios de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf).

Entre los cambios introducidos en este ejercicio destacan los relativos al IRPF, al Impuesto de Sociedades y al de Sucesiones y Donaciones, aprobados por el Gobierno en el último Consejo de Ministros de 2017 mediante el Real Decreto 1074/2017 que modifica los reglamentos que los regulan.

«La finalidad de este Real Decreto es adecuar los textos reglamentarios a la vigente regulación legal, aclarar el contenido de diversos preceptos e introducir algunas modificaciones dirigidas a simplificar la gestión y, adicionalmente, reducir cargas administrativas», señalan fuentes del Ministerio de Hacienda y Función Pública.

A juicio de Marcelino Blanco, director de Planificación Patrimonial de Andbank, los cambios fiscales más importantes para este año son los referentes al reglamento del IRPF y «el más popular es el relacionado con el incremento del mínimo exento en concepto de dietas de manutención a través de fórmulas alternativas como los cheques restaurantes, tarjetas o vales de comida».

Respecto a ellos, el reglamento establece que se eleva de 9 a 11 euros la cuantía diaria exenta de las fórmulas indirectas de prestación del servicio de comedor, esto es, los vales de comida, tarjetas o cualquier otro medio electrónico de pago que se entrega al trabajador para atender esta necesidad. Los máximos de 11 euros son por día y no acumulables.

SUBSANACIÓN DE ERRORES EN LA AUTOLIQUIDACIÓN

Otro cambio es el nuevo procedimiento de rectificación de autoliquidaciones del IRPF cuando hay un error que beneficia al contribuyente. Hasta ahora, el contribuyente que se daba cuenta de que había ingresado de más en su declaración de IRPF se tenía que acoger al procedimiento de solicitud de devolución de ingresos indebidos, lo que implicaba presentar un escrito en la Agencia Tributaria y esperar a que esta le diese o no la razón, lo que suponía un proceso muy largo. Ahora se pueden modificar las autoliquidaciones de IRPF a través del servicio de Renta Web.

«Con esta vía, los contribuyentes que tengan derecho a que Hacienda les devuelva lo ingresado indebidamente percibirán antes el dinero, además con ella también se beneficia la Agencia Tributaria, ya que si devuelve ese dinero con rapidez se ahorra los correspondientes intereses», asegura Blanco.

BECAS

Otra novedad que, según los asesores fiscales, ha tenido muy buena acogida ha sido la que incrementa el límite exento de las becas públicas y las concedidas por entidades beneficiarias de mecenazgo para cursar estudios, con el fin de incrementar la renta de sus perceptores. La dotación económica exenta se eleva de 3.000 a 6.000 euros anuales y hasta los 18.000 euros anuales si la beca tiene por objetivo compensar gastos de transporte y alojamiento para realizar estudios reglados del sistema educativo hasta el nivel de máster o equivalente. La cifra llega hasta 21.000 euros anuales cuando se trate de estudios en el extranjero. Mientras que para estudios de doctorado la dotación exenta de las becas sube hasta 21.000 si se cursan en España y a 24.000 si se efectúan en el extranjero. «Valoramos muy positivamente este cambio, ya que en muchos casos las ayudas se duplican», afirma Marta González.

GASTOS DE FORMACIÓN

Además, el reglamento establece cambios en los gastos destinados a la formación. Precisa que dentro de los gastos de estudio para la capacitación o reciclaje del personal que no constituyen retribución en especie, se encuentre también aquellos financiados por otras empresas o entidades distintas del empleador, siempre que dichas empresas comercialicen productos para los que resulte necesario disponer de una adecuada formación por parte del trabajador.

Para Marcelino Blanco, esta medida «es importante en el ámbito de las entidades financieras porque con la entrada en vigor de MiFID II se exige que los empleados de compañías que comercializan productos financieros tengan una determinada formación».

MÍNIMO POR DESCENDIENTE

La nueva normativa extiende la aplicación del mínimo por descendiente a aquellos contribuyentes que tengan atribuida por resolución judicial la guarda y custodia de menores.Según fuentes del Ministerio de Hacienda, «de esta manera se da respuesta a múltiples situaciones en que, por violencia de género o cualquier otro motivo, un juez atribuye la guarda y custodia de un menor a un tercero». A juicio de Blanco, se trata de «una medida muy importante desde el punto de vista social, muy demandada y necesaria de aplicar».

DERECHOS DE SUSCRIPCIÓN PREFERENTE

Respecto al IRPF, la última novedad es un nuevo supuesto de retención o ingreso a cuenta en caso de transmisión de derechos de suscripción preferente. En estos casos la entidad depositaria, el intermediario financiero o el fedatario público deberán retener las ganancias patrimoniales derivadas de la transmisión de los derechos de suscripción preferente. La retención a practicar será el 19 por ciento sobre el importe obtenido en la operación.

En opinión de Marta González, hasta el 31 de diciembre de 2016 los derechos de suscripción preferente no tributaban hasta que el inversor no trasmitía las acciones de las que provenían los derechos, pero «las autoridades fiscales se dieron cuenta de que se les escapaba una parte de recaudación porque los inversores, cuando transmitían esas acciones, no se acordaban de que habían vendido los derechos y que tenían que reducir su precio de adquisición, con lo cual había cantidades que se quedaban sin tributar. Para evitarlo hubo un cambio normativo y, a partir del 1 de enero de 2017, la transmisión de los derechos de suscripción preferente está sujeta a retención del 19 por ciento y tiene el tratamiento de una ganancia patrimonial. Ahora el reglamento ha adecuado la nueva obligación de ingreso a cuenta».

IMPUESTO SOBRE SOCIEDADES Y SUCESIONES

El citado Real Decreto también modifica los reglamentos del Impuesto sobre Sociedades y del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, pero los cambios son mínimos. Respecto al primero se modifica la regulación de la declaración informativa denominada ‘país por país’ para adecuarla a la directiva 2016/881, en cuanto a las entidades que han de presentar la declaración. Según Marta González, esta medida solo afecta a contribuyentes con una facturación anual superior a 750 millones de euros. «No atañe al ciudadano de a pie y es una modificación a efectos informativos».

Otra novedad es la conversión de activos por impuesto diferido en crédito exigible frente a la Administración Tributaria.

Respecto a Sucesiones y Donaciones hay dos pequeños cambios. El primero consiste en que en el supuesto de adquisición de bienes inmuebles, la declaración del impuesto deberá incluir la referencia catastral de los inmuebles transmitidos, con el fin de disponer de su correcta identificación.

El segundo cambio facilita la gestión del impuesto, en particular a los no residentes, ya que establece que se podrá acreditar el cumplimiento de las obligaciones relativas a este tributo mediante certificación expedida por la Agencia Estatal de Administración Tributaria.

PRÓXIMOS CAMBIOS FISCALES

Estos no serán los únicos cambios fiscales que se implantarán este año. Marcelino Blanco apunta que no hay que olvidar que el pacto de gobierno entre el PP y Ciudadanos incluye otras medidas fiscales que, una vez aprobada la Ley de Presupuestos Generales del Estado, se pondrán en marcha, entre ellas, una exención para las rentas de personas mayores y elevar el mínimo exento del impuesto sobre la renta.

Fuente: Abc.es

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