El creciente grado de incertidumbre económica internacional no evita la expectativa de que este será el «verano de la recuperación» del turismo y el sector servicios tras dos años marcados por la pandemia, siendo este, de hecho, uno de los motivos que llevó a la Autoridad Independiente de Responsabilidad Fiscal (Airef) a descartar en julio un posible escenario de recesión en España durante 2022. La hostelería y la restauración no serán, sin embargo, los únicos que harán su agosto. Un relevante beneficiario indirecto será el de los ayuntamientos de las grandes ciudades que, tras suspender o bonificar con fuerza la tasa que solían cobran sobre las terrazas de bares y restaurantes durante la pandemia, han vuelto a reactivar su cobro este año.
La recuperación de este tipo de imposición promete elevar con fuerza la recaudación municipal ante la proliferación de terrazas. De un lado, por el despliegue de mesas al aire libre realizado por los negocios para captar la creciente demanda estival pero, de forma más estructural en el conjunto del año, por la persistencia de las llamadas «terrazas Covid», espacios excepcionalmente ganados a las calles de muchas ciudades para paliar los efectos de la pandemia que multitud de ayuntamientos han decidido mantener.
Las tasas locales son una importante fuente de recursos para los ayuntamientos, que obtienen de ellas una cuarta parte de sus ingresos tributarios, según los datos del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF). Para las arcas municipales son uno de los instrumentos tributarios. Las hay de dos grandes tipos, explica la Asociación de Inspectores de Hacienda Local (Anihpl): unas cobradas por la prestación de un servicio público local o realización de una actividad administrativa, y otras aplicadas por la utilización privativa o aprovechamiento especial del dominio público local por parte de ciudadanos o empresas.
Las tasas a las terrazas pertenecen a este último grupo y gravan específicamente la ocupación de la superficie de dominio público local, que a priori es un espacio de todos los ciudadanos, mediante la ocupación con mesas, sillas, y otros elementos para desarrollar una actividad hostelera. Establecer tasas sobre las terrazas o no es potestad de cada municipio y los ayuntamientos gozan de autonomía para regular posibles bonificaciones.
El importe de la tasa se calcula teniendo en cuenta la superficie de metros cuadrados ocupados y oscila según la categoría de la calle a la que corresponda, si el ayuntamiento decide hacer distingos. Las cuotas aplicables, por tanto, varía con fuerza en función de la localidad y el barrio de cada municipio que las aplica, pues el cálculo de la cuota debe realizarse tomando como referencia el valor de mercado que tendrían dichos espacios de no ser de dominio público. Además, es usual que los ayuntamientos apliquen también recargos en caso de que las terrazas suponen un aprovechamiento del vuelo, por instalar toldos o sombrillas, así como en el caso de que cuenten con estructuras como mamparas, setos, etc.
Así, por ejemplo, la tasa en Madrid capital puede oscilar entre 10,83 euros anuales por metro cuadrado en una calle de novena categoría a 73,98 euros en una de primera, con recargos del 50% en zonas como el Paseo de la Castellana o el de Pintor Rosales. En Málaga, los precios oscilan de 33,52 a 87,8 euros, frente a la horquilla de 22,09 a 39,29 euros de Santander, o de los 15,23 a 42,31 de La Laguna (Tenerife), por dar algunos ejemplos.
A efectos prácticos, y hasta la irrupción del coronavirus en España, se trataba de una tasa relativamente común en los municipios españoles y que supone una inversión de cierto calado para los negocios que deciden expandir sus servicios más allá de las paredes de su local. Como en tantos otros aspectos, sin embargo, la pandemia supuso un punto de inflexión. La llegada del Covid-19 dio paso a importantes restricciones sobre la actividad, que en sus distintas fases llegaron a conllevar el cierre temporal de toda actividad no esencial, semanas de confinamiento de todos los españoles, horarios acotados para la hostelería, aforos limitados y la recomendación generalizada de que las relaciones sociales se trasladaran -cuando fue posible- a espacios abiertos para contener los contagios. A fin de incentivar esta práctica, y de dar algo de oxígeno a hosteleros y restauradores, multitud de ayuntamientos comenzaron a suspender o bonificar el cobro de la tasa a las terrazas.
Como resultado, la ciudad de Madrid pasó de ingresar 8,9 millones en 2019 a dejar de cobrar la tasa en 2020 y 2021, bonificándola al 100%. Lo mismo hicieron Santander (que ingresaba 330.000 euros); Valladolid (un millón); o La Laguna (105.000 euros). En paralelo, ciudades como Barcelona (que cobraba unos 4,5 millones) o Málaga (2,5) aplicaron relevantes descuentos durante los dos últimos ejercicios.
Ante la progresiva normalización de la actividad que conllevó la campaña de vacunación, sin embargo, el grueso de ayuntamientos ha vuelto a implantar el cobro de la tasa para el año 2022, o a reducir sus descuentos. Así, pese a sus bonificaciones, Barcelona prevé ingresar ya 3,5 millones; Valladolid, unos 650.000 euros; Málaga, 1,7 millones, y Madrid, que la recupera plenamente, espera recaudar 9,8 millones. De hecho, los ingresos en la capital serán sensiblemente superiores pues la previsión no tiene en cuenta la recaudación correspondiente a las llamadas «terrazas Covid», que ocupan parte de la calzada y sobre las que llegó a estudiar la aplicación de una tasa específica más elevada que compense las pérdidas de ingresos por aparcamiento. Con ella los ingresos hubieran alcanzado los 12 millones.
Pese a al recuperación mayoritaria de estos ingresos, ciudades como La Laguna o Santander, de entre los ejemplos citados, seguirán sin aplicarla aún este año.
INFRACCIONES SUJETAS A DOBLE SANCIÓN
La tasa sobre las terrazas de la hostelería se aplica por la utilización privativa o el aprovechamiento especial del dominio público local por parte de las empresas y, aunque muchos lo desconocen, puede estar asociado a un doble procedimiento sancionador, tanto desde el punto de vista tributario como desde el administrativo. De hecho, explica la Asociación de Inspectores de Hacienda Local (Anihpl), ambos procesos pueden correr en paralelo de forma simultánea.
Así, por ejemplo si se detecta una ocupación excesiva del espacio público frente a la autorización concedida a una terraza, el ayuntamiento podría terminar imponiendo tanto multas tributarias como de corte administrativo.
El doble castigo puede darse también en el caso de terrazas que directamente no gozan de autorización, sobre las que además se exigirá a su vez el pago de la tasa correspondiente, explican los inspectores fiscales municipales. En paralelo, los ayuntamientos reclaman recargos especiales sobre la tasa de partida. Estos pueden ir del 20% que aplica Madrid por tener sombrillas, toldos o tarimas, al 50% que aplica por construcciones ligeras, o el 100% si se ocupa la calzada en el caso de Valladolid.
Fuente: Expansión