La reforma del impuesto de plusvalía hunde un 40% la recaudación de los ayuntamientos

Posted by JJL | 26 febrero, 2024

Los inspectores de las haciendas locales denuncian la pérdida de ingresos municipales tras la remodelación del tributo, las reclamaciones por su inconstitucionaldiad y la falta de compensación desde el Estado.

La pérdida de recaudación que ha conllevado el rediseño del Impuesto de Plusvalía tras su anulación por inconstitucional preocupa a la inspección tributaria municipal. Así lo manifestó el viernes la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local (ANIHPL), que calcula que la reformulación del gravamen que el Gobierno acometió a la carrera en otoño de 2021 para salvar una de las principales vías de ingresos municipales está «produciendo una merma de la recaudación de entre el 30% y el 40% de lo que venían ingresando los ayuntamientos». Una pérdida de recursos a la que se suma el coste de las indemnizaciones reclamadas por los contribuyentes y ante las que de momento no se ha producido una compensación del Estado a las arcas municipales.

La preocupación de los inspectores de la Hacienda local radica en que la recaudación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana (IIVTNU) es la segunda mayor vía de financiación municipal, solo por detrás de la obtenida del Impuesto sobre Bienes Inmuebles (IBI), aportando unos ingresos que han llegado a superar los 2.500 millones de euros anuales.

Durante la pandemia, el ritmo de recaudación del Impuesto de Plusvalía llegó a descender a 1.718 millones en 2020, recuperándose hasta los 2.081 millones en 2021, según los datos recopilados por la Intervención General de la Administración del Estado (IGAE). Al año siguiente, sin embargo, la recaudación del tributo se desplomó «en torno a un 39,0%», según detalló la IGAE, en un retroceso que los inspectores de las Haciendas locales confirman ahora como estructural.

Lo que ocurrió entonces fue que, en octubre de 2021, el Tribunal Constitucional culminó la demolición del impuesto a cámara lenta que venía acometiendo desde 2019, con una tercera y definitiva sentencia que declaraba inconstitucional el método de cálculo del tributo. El fallo llevó al Ministerio de Hacienda a acometer una reforma exprés del tributo, en apenas dos semanas, que permitiera su subsistencia. Por el camino, sin embargo, el impuesto perdió una considerable capacidad recaudatoria.

El tributo de Plusvalía grava las ganancias obtenidas por la venta, o recepción en forma de donación o herencia, de un inmueble en función de la revalorización del terreno en el que se asienta. Para sortear las causas de nulidad decretadas por el Constitucional, el Gobierno modificó el sistema objetivo de cálculo tradicional, para que tuviese en cuenta la evolución del mercado inmobiliario a partir de unos coeficientes a aplicar sobre el valor catastral, e introdujo un método de cálculo alternativo basado en la diferencia entre el precio de venta y adquisición. Ambas fórmulas arrojan una rebaja frente al método de cálculo tradicional del tributo.

«A dicha merma cabría añadir la derivada de los ingresos que se han dejado de percibir por todos aquellos recursos que estaban pendientes de resolución a 26 de octubre de 2021 y que se han tenido que estimar, por las inspecciones o comprobaciones de autoliquidaciones de los cuatro años anteriores a 26 de octubre de 2021 que se encontraban en curso y hubieron de archivarse», agrega desde la Asociación Nacional de Inspectores de la Hacienda Pública Local, recordando que el Tribunal Constitucional restringió el recobro del impuesto a las reclamaciones vivas a la fecha de su fallo.

Las arcas municipales, además, se resintieron «por todo lo que los ayuntamientos no han podido liquidar entre el 26 de octubre y el 10 de noviembre de 2021, fecha en la que entró en vigor la nueva normativa», explican los inspectores locales.

A todo lo anterior, añade la asociación, podrían sumarse las devoluciones que han debido efectuarse por la demora del Estado legislador en regular adecuadamente el impuesto tras las advertencias explícitas efectuadas por el Tribunal Constitucional en sus dos primeras sentencias contra Plusvalía, de 2017 y 2019.

El propio Ministerio de Hacienda llegó a contemplar pasivos contingentes por 800 millones de euros «por compensaciones de la jurisprudencia del Tribunal Constitucional sobre el Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana», recoge la IGAE.

Los inspectores de la Hacienda local recuerdan que los propios ayuntamientos han reclamado «una compensación económica» al Estado por la pérdida de ingresos sufrida. Con todo, recuerdan, el Tribunal Supremo acaba de denegar una indemnización generalizada y automática a los contribuyentes afectados por el impuesto inconstitucional en aquellos casos en que el gravamen se aplicó sobre una ganancia. El fallo deja la puerta entreabierta a compensaciones para los que sufrieran pérdidas en la transacción, al no denegarlas expresamente. «Esta sentencia», matizan los inspectores, «tampoco analiza la responsabilidad patrimonial del Estado legislador frente a las reclamaciones que puedan plantear los entes locales, que se encuentran en este ámbito en una situación distinta a la de los particulares», por los que aún hay expectativa de lograr un resarcimiento.

LA LITIGIOSIDAD SE EXTIENDE A NUEVOS TRIBUTOS MUNICIPALES

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