La mayoría de mutualistas que pidió a Hacienda la devolución del IRPF por el formulario web no ha recuperado el dinero

Posted by JJL | 20 enero, 2025

Los fiscalistas señalan que la Agencia Tributaria no ha devuelto el IRPF a la mayoría de antiguos mutualistas que solicitaron lo tributado de más a través del formulario online que habilitó esta primavera en su página web. A través de este sistema, podían reclamar la devolución de los últimos cuatro años no prescritos (2019 a 2022) desde que el Tribunal Supremo determinó en febrero de 2023 que debían recuperar parte del IRPF pagado por la pensión generada con estas contribuciones.

Sin embargo, ahora el Ejecutivo ha dejado sin efecto las solicitudes planteadas a través de estos formularios (para quiénes aún no han recibido la devolución) y exige a estos pensionistas que reclamen año a año lo tributado de más por las aportaciones realizadas a estas mutualidades. Es decir, en vez de conseguir la devolución del IRPF de estos cuatro años de golpe, recibirán un pago año por año hasta 2028.

A juicio del Registro de Economistas Asesores Fiscales-Consejo General de Economistas (REAF-CGE), el cambio que ha hecho el Gobierno de cancelar las solicitudes no pagadas y obligar a pedirlas de nuevo, pero año a año, se debe a que desde el Ministerio de Hacienda han visto la «magnitud» de las devoluciones y para que no afecte a las cuentas públicas han decidido abonarlas en cuatro años. «Y si por el camino se pierde alguna devolución, mejor (para el fisco)», añaden los expertos.

Hasta noviembre de este 2024, la Agencia Tributaria ha devuelto 1.379 millones a los pensionistas que aportaron a antiguas mutualidades. El Ministerio de Hacienda estimó que el coste podría ascender a 1.700 millones de euros, pero el hecho de que haya parado las devoluciones e iniciado este nuevo método apunta a que podría ser mucho mayor.

Nuevo formulario
La Agencia Tributaria habilitará un nuevo formulario con el arranque de la campaña de la Rena para que los mutualistas pidan este 2025 la devolución de 2019; en 2026, la de 2020; en 2027, la de 2021; y en 2028, la de 2022.

La Administración tampoco permite ya pedir la devolución mediante la rectificación de las liquidaciones.

Los pensionados que optaron por reclamar el IRPF de estos cuatro ejercicios no prescritos por el procedimiento ordinario, es decir, rectificando las declaraciones pertinentes, han recibido en su mayoría la devolución. Sin embargo, prácticamente no se les ha devuelto a nadie de los que escogieron el formulario online, según los fiscalistas.

Piden a Hacienda que lo reconsidere
El presidente del REAF, Agustín Fernández, y el presidente del CGE, Valentín Pich, explicaron este viernes que han trasladado un escrito al Ministerio de Hacienda solicitando que reconsideren la medida, ya que dejan en una posición complicada tanto al mutualista como al profesional que se ha encargado de solicitar esa devolución y que ahora debe explicar a su cliente que por haberla pedido por el formulario online no se la han devuelto, frente al que lo hizo por el método tradicional.

«Es gente que, por lógica, es de una edad avanzada y podemos encontrar situaciones en que las devoluciones queden pendientes y correspondan a los herederos», dicen.

¿Qué se devuelve?
El Supremo determinó que Hacienda debe devolver a los pensionistas que tributaron en las mutualidades entre 1967 y 1978 el 25% del IRPF que corresponda a la prestación de jubilación generada durante esos años, ya que en su día no se pudieron deducir las cotizaciones porque la ley no lo permitía.

Además, para aquellos que realizaron contribuciones antes de 1967, se debe devolver el IRPF por el 100% de la pensión generada en estos años.

Fuente: El Economista

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