La justicia exime de tributar por la vivienda habitual a los acogidos a la ‘Ley Beckham’

Posted by JJL | 26 julio, 2024

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) exime a los contribuyentes acogidos a la Ley Beckham de tributar por la vivienda habitual. Este régimen especial permite que las personas que trasladen su residencia a España (ya sean extranjeros o españoles que hayan vivido fuera en los últimos cinco años) puedan tributar por el Impuesto de la Renta de No Residentes (IRNR) en vez de por el IRPF durante los primeros seis años y beneficiarse así de pagar por las rentas del trabajo un tipo fijo del 24%, hasta los 600.000 euros.

Sin embargo, en materia de vivienda habitual, hay una diferencia clave en función de si se tributa por el IRPF o por el IRNR. La Ley del IRPF deja exenta la vivienda habitual de la base imponible del impuesto. Sin embargo, si se tiene una segunda vivienda o vacacional, aunque no esté alquilada y por tanto no genere rentas, sí se tiene que incluir en la base imponible del IRPF y pagar por ella el 2% del valor catastral o el 1,1% si éste valor fue revisado a partir de 2012. En cambio, la Ley del impuesto de no residentes, al dar por hecho que el contribuyente no vive en España, no menciona exención alguna sobre vivienda habitual y obliga a tributar por cualquier inmueble que la persona posea en nuestro país.

Ahora, el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM), en una sentencia del 6 de mayo de la que fue ponente el magistrado Luis Manuel Ugarte Oterino, cambia de criterio y señala que los acogidos a la Ley Beckham tienen «el derecho a la exención de la vivienda habitual de imputación de renta inmobiliaria». La sentencia razona que, aunque resulte «lógico» que la Ley del IRNR no exceptúe la vivienda habitual porque este impuesto está destinado a personas que no mantienen su residencia en España, las personas acogidas a la Ley Beckham «precisamente adquieren la residencia fiscal en España». Así, expone que la Ley Beckham no es una normativa propia como tal, sino un régimen especial que recoge el artículo 93 de la Ley del IRPF.

 Así, el fallo anula la liquidación que pasó la Agencia Tributaria al contribuyente por su vivienda habitual en España.

En la actualidad, en España hay casi 10.000 contribuyentes impatriados acogidos a la Ley Beckham, lo que supone que Hacienda deja de recaudar por ellos unos 134 millones de euros al año, según recoge el informe titulado ‘Evasión fiscal global 2024’ elaborado por el Observatorio Fiscal de la Unión Europea. O dicho de otra forma, cada una de estas personas se ahorra al año unos 13.600 euros de media en impuestos. Este régimen especial recibe el nombre del futbolista David Beckham que fue una de las primeras personas en acogerse a él. El objetivo es atraer talento extranjero a España mejorando la fiscalidad.

Fuente: El Economista

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