Hacienda también da vacaciones: caen las notificaciones en agosto

Posted by JJL | 24 agosto, 2022

Los contribuyentes y profesionales se acogen durante los meses de verano a los días de cortesía que ofrece la Agencia Tributaria.

La Agencia Tributaria también da vacaciones a los contribuyentes. El mes de agosto es el momento del año en el que más caen las notificaciones tributarias. Muchos de los contribuyentes y profesionales se acogen durante estos días al programa de cortesía para el envío de notificaciones electrónicas.

Hacienda ofrece con este plan un descanso en el buzón de entrada de las comunicaciones de Hacienda. De este modo, los ciudadanos pueden estar tranquilos sin revisar el correo por miedo a que les notifique Hacienda un procedimiento y empiecen a correr los plazos.

La herramienta que la Agencia Tributaria pone a disposición de los contribuyentes es muy parecida a las plataformas de recursos humanos de cualquier empresa. En ella, existe un calendario para solicitar los días en los que el ciudadano quiere tomarse un descanso de la Agencia Tributaria. En la herramienta, aparecen los días de los que dispone, los días pendientes y los solicitados para descansar.

De esta forma, los obligados tributarios que estén incluidos en el Sistema de Dirección Electrónica Habilitada podrán señalar hasta un máximo de 30 días en cada año natural durante los que la Agencia no podrá poner notificaciones a su disposición. Para poder solicitar los días de cortesía es necesario estar dado de alta en el sistema de Dirección Electrónica Habilitada y haber realizado la suscripción a los procedimientos disponibles en la Agencia Tributaria para la recepción de notificaciones.

Los días de cortesía deben solicitarse con un mínimo de siete días naturales de antelación al comienzo del periodo deseado. Si la persona que va a gestionar tanto las notificaciones electrónicas como los días de cortesía es un tercero, deberá estar apoderado en el trámite Generalnot y asegurarse de que el apoderamiento ha sido confirmado por parte del apoderado. Al acceder al servicio, la aplicación valida si el certificado electrónico seleccionado está suscrito al sistema de notificación electrónica y, si es así, se mostrará el calendario del año natural en curso para señalar los días deseados.

Los días de cortesía surten efectos, exclusivamente, en relación con las notificaciones en la Dirección Electrónica Habilitada. Durante ese tiempo, la Agencia Tributaria no pondrá notificaciones a su disposición en el buzón. Sin embargo, las notificaciones electrónicas puestas a disposición con anterioridad al inicio del período de días de cortesía se entenderán notificadas por el transcurso de diez días sin acceder a las mismas.

Los interesados deben marcar también los sábados y los domingos para evitar ser notificados esos días. En caso de que el obligado tributario se encuentre suscrito de forma voluntaria a la recepción de notificaciones electrónicas, sólo surtirá efectos respecto a aquellos procedimientos en los que se encuentre

Fuente: Expansión

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