Hacienda le arruinó la vida por un falso timo y la Justicia le da la razón 12 años después.

Posted by JJL | 30 abril, 2019

La Audiencia de Lugo abronca a Vigilancia Aduanera por no controlar los papeles intervenidos a los acusados, por pinchar sus teléfonos de forma prospectiva y por investigar sin que hubiera delito.


Eran las ocho de la mañana del 14 de febrero de 2007 cuando un grupo de agentes de Vigilancia Aduanera se personaron en el domicilio de Carlos y Pablo, dos hermanos de 19 y 24 años que aún vivían con sus padres en Lugo y que estaban durmiendo a pierna suelta en aquel momento. Los funcionarios mostraron una orden judicial y comenzaron a registrar toda la casa. Ordenadores, archivos, papeles, documentos de todo tipo. Nada escapaba a los miembros del servicio dependiente de la Agencia Tributaria que actúa a modo de policía judicial, que arramblaron con todo lo que pillaron.

Llenaron decenas de cajas y las metieron en un camión que fue primero a un almacén dependiente del organismo, luego al juzgado y finalmente al primer local. Tras los registros, detuvieron a los dos hermanos. Hacienda, a través de la Abogacía del Estado, acusó a ambos de haber montado un entramado de sociedades con el fin de ocultar los beneficios de su negocio —la compraventa de tarjetas de telefonía y terminales móviles— a la Agencia Tributaria e incluso obtener indebidamente la devolución de elevadas cantidades correspondientes al impuesto del valor añadido (IVA).

Comenzó entonces un calvario que acaba de concluir, 12 años después, con la resolución de la Audiencia Provincial de Lugo, que declara a Carlos y a Pablo inocentes. Pablo montó en 2004 un negocio basado en una oportunidad que permitía el momento tecnológico y la regulación vigente. Era la explosión de la telefonía móvil y aún la legislación no estaba tan avanzada como en la actualidad, lo que les posibilitó aprovechar las ofertas que hacían centros comerciales como Carrefour de terminales que se vendían con tarjeta para adquirir estos ‘packs’ y revenderlos luego incluso en el extranjero.

La operativa exportaba los dispositivos por la aduana «con conocimiento de las autoridades», como apunta la Audiencia Provincial, y Pablo daba cuenta a la Agencia Tributaria de todos sus movimientos. El problema llegó cuando, como consecuencia de que gran parte de la mercancía era vendida fuera de España, el empresario tuvo derecho a que se le compensara el IVA. Las importantes cantidades de dinero que Hacienda tenía que devolver al afectado por este concepto fueron detectadas por los técnicos, que comenzaron a sospechar del negocio y decidieron involucrar a los dos hermanos, a los que compraban el material, a los intermediarios que lo distribuían e incluso a los guardias civiles que —cumpliendo con su deber— corroboraban en la aduana la salida de los productos.

Sin embargo, lo hicieron prácticamente todo mal, como determinan los tres magistrados que conforman la sala de la Sección Segunda de la Audiencia de Lugo, que critican el desorden y el descontrol de los agentes durante la investigación. Los jueces censuran que las defensas tuvieran que solicitar la documentación intervenida, con el fin de hacer sus informes, hasta en seis ocasiones, y que la propia sala llegara a reclamar el mismo material hasta ocho veces. Añaden que, cuando lo entregaron, este estaba conformado por «papeles deslavazados e inconexos» que fueron «aportados de manera intermitente y sin dilación». La documentación que ofrecieron era, resume la sentencia, «absolutamente ingobernable».

«Es evidente que no ha existido un control efectivo por parte del juzgado de la documentación que fue entregada», concluye la resolución, que agrega que también se produjo «una quiebra, por desconocimiento del qué y del dónde, de la cadena de custodia» sobre los mencionados documentos intervenidos en los registros. Igualmente, la sala reprocha que los investigadores no realizaran diligencias previas con el fin de comprobar si realmente había indicios contra los imputados y acudieran directamente a las intervenciones telefónicas «como el primer medio que Vigilancia Aduanera practicaba para conocer qué era lo que estaba ocurriendo».

Una investigación prospectiva

«Múltiples resoluciones jurisprudenciales establecen que no se trata de satisfacer los intereses de una investigación meramente prospectiva, pues el secreto de las comunicaciones no puede ser desvelado para (…) descubrir delitos o sospechas sin base objetiva», sentencia la Audiencia de Lugo, que recuerda que pinchar teléfonos debe ser un medio excepcional y que, por lo tanto, declara nula la interceptación de las comunicaciones del caso.

En la misma línea, la sala reprende a los investigadores al entender que ni siquiera había delito de contrabando. «Las mercancías estaban destinadas a su salida visada por la correspondiente aduana y con la presentación de los documentos visados tanto por la autoridad aduanera (…) como por los agentes del resguardo», arguye la resolución, que concluye que, por lo tanto, «la conducta imputada como delito de contrabando no es tal». De hecho, argumenta que el abogado del Estado se retiró como acusación en representación de Hacienda y esto «deja entrever una conclusión similar a la alcanzada» por la sala, que tampoco ve ilícito penal contra la Hacienda Pública. «No existe garantía ni seguridad alguna de que los cálculos realizados tengan base suficiente para poder dar lugar a los delitos de fraude a Hacienda a los que se hace referencia en los escritos de acusación», subraya la Audiencia, que igualmente rechaza el delito de estafa.

«La sentencia llega tarde, pero el tribunal ha hecho un trabajo impecable reconociendo la inocencia de mis representados tras 12 años de pena de banquillo», asegura hoy Margarita Santana, abogada del joven acusado de ser el cabecilla de una trama que resultaba no existir y limitarse a un negocio tecnológico quizá demasiado prematuro. La actuación de Vigilancia Aduanera, sin embargo, provocó que durante años los 17 acusados vivieran con la amenaza de ser encerrados en prisión por hasta 11 años y se enfrentaran a multas de más de siete millones de euros. Los padres de Pablo y de Carlos tuvieron que hipotecar su casa y luego incluso venderla porque la familia contaba con el dinero de la devolución del IVA, que era suyo, para hacer frente a estos gastos.

Luego, la operación policial apareció en los medios de comunicación, lo que provocó que los bancos no renovaran los créditos a la familia, que aún hoy sigue pagando la deuda que mantenía con las entidades financieras por aquella hipoteca mientras Hacienda sigue reteniendo la devolución del IVA. Durante estos 12 años, además, la Agencia Tributaria ha hecho continuas inspecciones anuales a Pablo, que —según fuentes cercanas al hoy absuelto— tuvo que salir de España y emprender negocios en el extranjero, donde hoy continúa. Mientras, sus padres necesitaron del aval de otros familiares para acceder a préstamos personales que les permitieran seguir pagando deuda.

Según explican desde la Agencia Tributaria, el juzgado consideró suficientes las actuaciones previas para autorizar las escuchas y la documentación era “muy voluminosa producto de registros en varias sociedades en todo el territorio nacional en una época en la que el desarrollo informático para el volcado de documentación no era el de ahora”. Además, continúan desde Hacienda, “la sentencia mantiene abierta la posibilidad de regularizaciones administrativas”.

Fuente: ElConfidencial.com

 

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