La palabra «chapuza» es la que más se repite entre los fiscalistas a la hora de calificar el Impuesto a las Grandes Fortunas. El error del Gobierno en la redacción de la ley que obliga a los contribuyentes a contabilizar el Impuesto de Patrimonio (aunque no lo paguen en las CCAA que lo tienen bonificado) a la hora de calcular el escudo fiscal que evita que paguen en impuestos más de lo que ganan se traducirá en que Hacienda ingresará 1.200 millones de euros menos de lo previsto por este nuevo gravamen. El Gobierno estimó que la tasa a los ricos, que grava las fortunas por encima de los 3 millones de euros, les generaría unos ingresos anuales de 1.500 millones de euros. Sin embargo, finalmente la recaudación se quedará un 80% por debajo.
Este escudo fiscal protege que la suma del IRPF, del Impuesto de Patrimonio y de la tasa a los ricos no supere el 60% de la renta del contribuyente y, si lo hace, se podrá reducir hasta en un 80% la cuantía a abonar por Grandes Fortunas. El quid de la cuestión está en que las personas que residan en CCAA como Madrid y Andalucía que tienen Patrimonio cien por cien bonificado, se lo contarán igual para hacer el cálculo aunque no lo paguen, por tanto podrán minorar en hasta un 80% la tasa a los ricos.
Esaú Alarcón, abogado fiscalista en Gibernau y profesor de Derecho Tributario en la Universidad Abat Oliba, señala que el escudo fiscal también aplica al Impuesto de Patrimonio antes de que se creara el de Grandes Fortunas, pero que en el caso del primer tributo los casos en que se aplicaba la minoración por superar el 60% de la renta eran una excepción. «La realidad que estamos viendo en el caso de Grandes Fortunas es que lo excepcional se ha convertido en lo genérico. O sea, que casi todo el mundo de aplica el límite del escudo fiscal y va a pagar ese 20% de Grandes Fortunas», señala.
A su juicio, los cálculos de recaudación que dio el Ejecutivo ya fueron exagerados porque hay contribuyentes que han montado una empresa familiar y hecho donaciones para aplicarse exenciones. «Va a haber un batacazo seguro en la recaudación», prevé.
Alarcón señala que los casos en los que se va a aplicar el escudo fiscal van a ser mayoría. Como ejemplo expone que un contribuyente que tenga una fortuna de 8 millones de euros, en los años 2022 y 2023 (sobre los que se aplicará la tasa a los ricos) tal y como ha ido la bolsa la rentabilidad que les ha sacado apenas alcanzará los 30.000 o 40.000 euros. «Si la rentabilidad real del patrimonio es tan baja se aplica el escudo fiscal y el tipo mínimo es ese 20%», dice.
Así, concluye que a pesar de que el impuesto de Grandes Fortunas estaba previsto para recaudar en Madrid y Andalucía, ve tendente que en el cien por cien de los casos se tribute el 20%.
Las CCAA suben Patrimonio
En lo que respecta al resto de CCAA que sí tienen el Impuesto de Patrimonio, otro de los expertos consultados por este diario señala que la recaudación será «residual» porque los contribuyentes pagarán el grueso en este impuesto y un mínimo en Fortunas (ya que es complementario al primero) puesto que hay varias CCAA, entre ellas Cataluña, que han subido o igualado el tipo de Patrimonio al de Grandes Fortunas para quedarse toda la recaudación.
Además, en las Comunidades forales como País Vasco y Navarra se dan excepciones. Mientras el primero no ha implementado este nuevo gravamen a los ricos, Navarra sí lo ha hecho pero toda la recaudación se la queda la CCAA y no el Estado.
Fuente: El Economista