Hacienda considera imputable al IRPF las cajas de solidaridad.

Posted by JJL | 22 mayo, 2020

Los implicados en el «procés» secesionista tendrían que pagar altas sumas en tributos.


«En cuanto la entrega de las ayudas por parte de la consultante no conlleve para los destinatarios contraprestación alguna ni vinculación al desarrollo de una actividad ni se trate de becas, procederá su calificación como ganancias patrimoniales en el IRPF», es decir, «la respuesta es favorable a la tributación por el IRPF». El Ministerio de Hacienda, a través de la Dirección General de Tributos, respondió así en 2014 a una consulta vinculante realizada por un particular para resolver la duda sobre si el dinero recibido de una caja de solidaridad debía seguir el camino impositivo del IRPF o el de una donación.

El caso tratado por el Ministerio es muy similar al de la caja de solidaridad que gestiona la Associació de Foment de Caixa de la Solidaritat, entidad controlada por Òmnium Cultural y la Assemblea Nacional Catalana, y cuya función única es la de hacerse cargo del pago de las multas y las fianzas impuestas por los tribunales a los implicados en el procés secesionista catalán que culminó en 2017 con un referéndum y una declaración de independencia ilegales; así como las multas derivadas de la consulta ilegal del 9-N. La cantidad abonada asciende a más de 13,2 millones de euros.

Esta asociación hace de intermediaria entre los que aportan dinero y los involucrados en las causas judiciales. A estos les entrega el dinero o paga las fianzas y multas en calidad de donación. Sin embargo, Hacienda considera que estas transacciones no son donaciones y sí imputables al IRPF de los receptores o beneficiarios como ganancia patrimonial. Una diferencia considerable, pues los tipos impositivos por IRPF superarían el 50 por ciento -es decir, los independentistas tendría que pagar otros 6,6 millones en impuestos-, a diferencia de los de la donación que, tras la reforma de la Generalitat, apenas gravaría como máximo el 64 por ciento del 5 por ciento del total -poco más de 420.000 euros-.

El precedente balear

El asunto tratado por Hacienda y resuelto en una consulta vinculante (V2651-14) por la Dirección General de Tributos, una respuesta cuyo contenido obliga a la administración pública, trata sobre la caja de solidaridad que puso en marcha la entidad pancatalanista Obra Cultural Balear (OCB) en 2013 para compensar el salario que un grupo de profesores dejaría de recibir, como consecuencia de una huelga iniciada en protesta por un cambio en el currículum lingüístico de los centros escolares de Baleares.

Hacienda resolvió en 2014 que el dinero recibido por los profesores de la caja de solidaridad de OCB debía imputárseles como ganancia patrimonial y, por lo tanto, con afectación al IRPF de cada maestro. Una posición fiscal similar (sobre si un dinero recibido es donación o ganancia patrimonial) que el Ministerio ya advirtió en otras dos respuestas vinculantes en 2010 y 2011 sobre las aportaciones económicas que distintas asociaciones (en defensa de los inmigrantes y de los discapacitados psiquicos-físicos, respectivamente) realizaban a particulares. En resumen, no son donaciones.
Argucia legal

De confirmarse este criterio, a los implicados en las causas judiciales del procés no les valdría la argucia legal recogida en la ley de acompañamiento de la Generalitat, aprobada ad hoc para sus casos particulares y aliviarles la presión fiscal. La Agencia Tributaria podría reclamarles los impuestos correspondientes a través del IRPF.

Fuente: Abc.es

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