La ley contra el fraude fiscal introduce cambios en la base imponible, que pasa de ser el valor real de la vivienda al valor del mercado en 2022. Podrá conllevar una subida de impuestos en compras a precio competitivo.
El Catastro utilizará datos individualizados de antigüedad, conservación o precio de compraventa de las viviendas para construir el nuevo valor de referencia inmobiliario que será la base para el pago de los impuestos de sucesiones, transmisiones patrimoniales y patrimonio.
La ley de lucha contra el fraude fiscal, que este jueves pasará por la Comisión de Hacienda del Senado, incluye un cambio en la base imponible de varios impuestos con el objetivo de dar mayor seguridad jurídica. Con la nueva norma, la base imponible de los impuestos de sucesiones y donaciones y de transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados pasa de ser el valor real al valor de mercado, que en el caso de los inmuebles se asimila al valor de referencia calculado por el Catastro.
Hasta ahora, la base imponible del impuesto era el valor real, que se equiparaba o bien al precio de compraventa o a un valor objetivo asignado por las comunidades autónomas en función de factores como el precio de la zona, generalmente más alto, algo que ha sido rechazado reiteradamente en los tribunales.
Este valor de referencia es distinto del valor catastral -que es el que se utiliza, por ejemplo, para el pago del impuesto de bienes inmuebles (IBI), que no se verá modificado- y de nueva creación, ya que aunque estaba previsto en los Presupuestos de 2018 nunca llegó a materializarse.
Ahora, la ley de lucha contra el fraude retoma esta idea y prevé la construcción del valor de referencia, que consistirá en valoraciones individualizadas de cada inmueble teniendo en cuenta cuestiones como la calidad constructiva, la antigüedad, el estado de conservación o la superficie si, por ejemplo, se han realizado ampliaciones.
Según fuentes de Hacienda recogidas por Efe, se utilizarán para ello datos obtenidos de declaraciones de ciudadanos y comunicaciones de ayuntamientos, notarios y registradores y se complementará con datos de precios de compraventa.
Por lo que respecta al impuesto de patrimonio, este nuevo valor de referencia se aplicará a las adquisiciones a partir de enero de 2022 pero no a las propiedades preexistentes a esa fecha, que se seguirán valorando como hasta ahora.
Hacienda asegura que no se va a producir una subida de impuestos porque el futuro valor de referencia no podrá superar nunca el valor de mercado, que es lo que los Tribunales asimilan actualmente al valor real. Sin embargo, coordinador del Grupo de Expertos en IRPF de AEDAF, José Pedreira, advierte de que sí se producirá una subida impositiva para los contribuyentes que hayan comprado a un precio competitivo, ya que la normativa presupone que el precio declarado de compraventa es fraudulento y por eso establece uno objetivo que, por falta de información, difícilmente reflejará el estado real de cada vivienda.
La normativa específica que determinará la construcción del valor de referencia tendrá que concretarse una vez que se apruebe la Ley de Lucha contra el Fraude y Hacienda prevé que esté en vigor en 2022.
Fuente: ElEconomista.es