Entra en vigor la nueva Ley Concursal con los juzgados colapsados por la pandemia.

Posted by JJL | 2 septiembre, 2020

El 1 de septiembre entra en vigor el texto refundido de la Ley Concursal, un documento, en teoría, con pocas novedades de calado más allá de su estructura, que armoniza la legislación actual y la prepara para su gran reforma, la transposición de la directiva europea, que podría llegar en 2021.


Sin embargo, los expertos consultados por Efe creen que el nuevo texto, que pasa de 242 artículos a 752, debería haber esperado, al menos, hasta comienzos de año, máxime teniendo en cuenta la difícil situación en la que se encuentran juzgados y profesionales, sumidos en una avalancha de trabajo provocada por la pandemia.

Desde su aprobación en 2003, la Ley Concursal ha sido modificada en 28 ocasiones, lo que ha generado incongruencias, problemas interpretativos y una alteración sistemática de su contenido que habían derivado en un problema de seguridad jurídica, según el Ministerio de Justicia.

La nueva norma, informada por el Consejo General del Poder Judicial (CGPJ), el Consejo Fiscal y las Secretarías Generales Técnicas de Justicia y Asuntos Económicos, es fruto del mandato del Parlamento para «refundir, armonizar, clarificar y ordenar» la legislación, y está dividida en tres libros.

El primero de ellos, compuesto por más de una docena de títulos, está relacionado con los concursos de acreedores o antiguas suspensiones de pagos.

Tras este, se desarrolla el derecho preconcursal, donde se regulan aspectos como las comunicaciones y los acuerdos de financiación, en tanto que el tercero versa sobre las normas de derecho internacional privado.

«Somos conscientes de que tampoco podía ir más allá porque su mandato era armonizar la ley anterior, una ‘ley follón’ después de 28 reformas», explica el presidente de la Asociación Profesional de Administradores Concursales (Aspac), Diego Comendador.

Aunque, «teóricamente no debería haber novedades de calado», sí han detectado «algunas reformillas», reconoce Comendador, que, no obstante, avisa de que tendrán que estudiarlo más en profundidad «porque a veces lees por encima, crees que está igual, y ves una coma o un punto desubicado que cambia el sentido de la frase».

Para la asociación, es necesario modificar «rápidamente» el texto refundido para que solvente los problemas de la Ley Concursal.

«Hay que abordar la reestructuración, las alertas tempranas, los mecanismos de la segunda oportunidad, y hay que establecer medidas para aumentar la eficiencia de los procesos de insolvencia», dice Comendador, que recuerda que España tiene pendiente la transposición de la directiva europea, aprobada el año pasado y que está llamada a arrojar luz sobre el asunto.

El plazo estipulado para la reforma sería junio de 2021, esto es, dos años desde su publicación en el Diario Oficial de la Unión Europea, si bien los Estados miembros tienen la posibilidad de solicitar un año más de prórroga.

Administradores

Desde Aspac exigen estar «en la cocina» de la reforma, «en el origen del texto», y dar su perspectiva sobre él, no en vano son «los actores principales de este procedimiento junto con el juez».

«Estamos en todo el proceso: liquidación, fase común, negociamos con proveedores… Somos los que conocemos a los deudores, su perfil y situación. Sabemos por qué se atascan los procedimientos, y tenemos soluciones para agilizarlos y mejorarlos», incide Comendador.

En este sentido, afea que se trabaje en la elaboración del Estatuto del Administrador Concursal y en la comisión «no haya ninguno», y es que, al igual que «no se puede hacer una ley sobre medicina sin contar con un médico», estos profesionales reclaman tener voz en una norma que les atañe directamente.

Los expertos también destacan la «celeridad» en la entrada en vigor del texto refundido, como apunta Igor Ochoa, de Dipcom Corporate, que sostiene que «hubiera sido interesante que se hubiera puesto en marcha el 1 de enero».

Un extremo en el que coincide Comendador, que cree que es «una barbaridad» introducir este cambio «en un momento con tanto trabajo, con un montón de expedientes de regulación temporal de empleo (ERTE), y con los despachos trabajando y echando humo».

«Si prevés, como decía Justicia, que va a haber más de 50.000 concursos, parece un sinsentido», añade Comendador, que entiende que el texto refundido, al ser la base de una posterior modificación fruto de la directiva europea, «prácticamente no debería haber entrado en vigor, porque no tiene sentido estudiarlo ahora para que dentro de seis meses o un año tengamos la nueva forma».

Fuente: Expansión.com

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