El Tribunal Económico-Administrativo Central (TEAC) considera que hay abuso fiscal cuando una persona que antes tributaba en el IRPF los dividendos, crea una estructura empresarial dependiente de una holding o matriz a la que pasa las acciones y, por tanto, es ésta la que recibe los rendimientos.
Cabe recordar que los dividendos tributan en IRPF a un tipo de entre el 19% y el 28%, mientras que si los recibe una compañía están casi exentos y solo pagaría el 1,5% en el Impuesto sobre Sociedades.
El presidente del TEAC, José Antonio Marco, participó este jueves en la jornada de la Asociación Española de Asesores Fiscales (Aedaf) sobre la fiscalidad del régimen de fusiones, escisiones, aportaciones de activos y canje de valores (FEAC). Este régimen se caracteriza porque permite diferir los costes fiscales de estas operaciones para no entorpecerlas. No obstante, si Hacienda considera que, precisamente, se ha hecho alguna de estas operaciones sin motivo económico válido y solo para ahorrar impuestos, pasa a regularizar todas las plusvalías o beneficios que afloraran en el proceso.
José Antonio Marco señaló durante su intervención que «con que la persona física que tributaba dividendos pase, como consecuencia de un canje de acciones, a no tributar, eso es una ventaja fiscal abusiva». El presidente del TEAC defendió así las polémicas resoluciones del órgano que avalaban que Hacienda regularizase la ventaja fiscal obtenida por el diferimiento fiscal, pero solo por el importe correspondiente a los dividendos distribuidos. De modo que, a medida que se fueran materializando futuros abusos, se fueran regularizando.
A juicio de José Antonio Marco estas resoluciones no generan inseguridad jurídica porque, a diferencia de lo que hacía antes la Agencia Tributaria que era regularizar todo el diferimiento de golpe, estas señalan que «exclusivamente» hay que eliminar esa ventaja concreta.
En la mesa de la ponencia también participó Maximino Linares, abogado del Estado en excedencia y miembro de Aedaf, que cuestionó que estas resoluciones considerasen abusivo el hecho de que no sea la persona quien tributa los dividendos en vez de a lo que se destinan estos dividendos. Es decir, el TEAC considera el mismo abuso fiscal si los beneficios que recibe la holding van a crear una nueva empresa o comprar un yate para que lo uso su administrador.
Asimismo, Linares criticó que la postura del TEAC condena el reparto de dividendos a una constante vigilancia futura por parte del fisco para regularizarlos en cuanto se distribuyan. «Lo que me resulta difícil de entender es que se aplique íntegramente el régimen fiscal (a la operación de reorganización) con la previsión de desmantelamiento en el futuro», dijo.
Tras esta mesa, el presidente de la Aedaf, Bernardo Bande, indicó que las resoluciones del TEAC han generado paralización en este tipo de operaciones de fusiones y reorganizaciones porque los costes fiscales de que Hacienda eche para atrás la aplicación del régimen FEAC son muy elevados. «También hay otra preocupación que es que la Administración puede revisar hacia atrás todo lo que quiera y los efectos que tengan esos dividendos repartidos años atrás en los ejercicios no prescritos puede hacerlos tributar», explica Bande.
Ignacio Arráez, vicepresidente de Aedaf, indica que la Administración tributaria lo que debería mirar es qué se hace con esos dividendos. «Si son para crear una empresa no hay ventaja fiscal indebida, pero si se han usado para comprar un yate, habría que regularizar ese dinero pero no todo el dividendos», expone.
Denuncia del régimen FEAC ante Europa
Bernardo Bande señaló que la asociación ha denunciado ante la Comisión Europea el artículo 89 de la Ley del Impuesto sobre Sociedades que establece que no se aplicará el régimen FEAC cuando la operación realizada tenga como principal objetivo el fraude o la evasión fiscal. Bande indicó que el Reino de España no está aplicando bien la Directiva europea de fusiones que busca que la fiscalidad no sea una traba a la hora de realizar estas operaciones.
Ignacio Arráez explicó que si la Comisión comparte la denuncia instará a España a modificar la normativa de fusiones y, si no lo hace, denunciará al país ante el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE).
Fuente: El Economista