Luz verde definitiva a la aplicación de los nuevos impuestos a las grandes empresas energéticas y entidades financieras. Tras mantener en vilo al Ministerio de Hacienda, cuya propia demora en los trámites técnicos ha obligado a retrasar unos días la puesta en marcha de las nuevas figuras tributarias, el Consejo de Estado avaló ayer los modelos de declaración de los dos nuevos impuestos desbloqueando su activación definitiva. El visto bueno del organismo era el último paso necesario para la publicación de los formularios en el Boletín Oficial del Estado (BOE), momento que permite a la Agencia Tributaria comenzar a recaudar el pago anticipado de los tributos y a las empresas afectadas disconformes impulsar sus recursos judiciales en contra de los pagos que realicen.
El retraso de los impuestos era ya inevitable, pues deberían haber comenzado a estar operativos el pasado miércoles 1 de febrero, pero la magnitud de la demora o la necesidad de habilitar nuevos plazos dependía fundamentalmente del pronunciamiento que hiciese ayer el Consejo de Estado. Su dictamen favorable, que apenas introdujo algunas mejoras técnicas en los modelos de declaración, según fuentes conocedoras de la evaluación, limita el retraso a solo unos días.
Paradójicamente, cuando el Gobierno apostó por crear una «prestación pública patrimonial no tributaria» como fórmula para imponer gravámenes temporales sobre los beneficios extraordinarios de banca y petroleras utilizó una vía de tramitación que le eximió de consultar al Consejo de Estado. Fueron los grupos parlamentarios que conforman el Ejecutivo de coalición, PSOE y Unidas Podemos, quienes impulsaron la medida en forma de proposición de ley, evitando al Consejo de Ministros promover un proyecto de ley que tendría que haber quedado sujeto a audiencia pública e informes preceptivos. El objetivo era acelerar plazos para aprobar los nuevos tributos (a los que luego se sumó como enmienda el impuesto solidario a las grandes fortunas) antes de que concluyera el año para, teóricamente, poder gravar ya los beneficios de 2022.
Se logró. La Ley 38/2022 para el establecimiento de gravámenes temporales energético y de entidades de crédito y establecimientos financieros de crédito y por la que se crea el impuesto temporal de solidaridad de las grandes fortunas, y se modifican determinadas normas tributarias fue publicada en el BOE el pasado 28 de diciembre para entrar en vigor un día después. Sin embargo, la aplicación práctica de los nuevos tributos requería todavía de cierto trabajo técnico, en particular para tener listos los formularios de declaración que deben rellenar las empresas sujetas a imposición. Y el plazo que dejaba la norma desde su publicación era de apenas un mes hasta el inicio del primer pago anticipado.
La ley establecía, concretamente, que las «entidades obligadas deberán ingresar durante los primeros veinte días naturales del mes de febrero siguiente al nacimiento de la obligación de pago de la prestación, en concepto de pago anticipado de dicha prestación, el resultado de multiplicar el porcentaje del 50% sobre el importe» a tributar, en este caso respecto al ejercicio 2022.
Para ello, Hacienda debía emitir una orden ministerial con los llamados modelos 796, para el abono del impuesto energético, y 798, para el tributo a la banca, y publicarla en el BOE. Paradójicamente, sin embargo, en esta ocasión el documento sí que exigía el visto bueno preliminar del Consejo de Estado. El trámite de urgencia concede dos semanas al organismo para emitir sus dictámenes y el plazo se ha cumplido escrupulosamente, pero el retraso por parte de Hacienda a la hora de entregar el material a examinar hizo que el aval fuera emitido ayer, una vez que el plazo del pago anticipado ya había comenzado.
A última hora de ayer la expectativa estaba puesta en que los modelos fueran publicados en el BOE de hoy mismo, si bien no era descartable que tuviera que ser pospuesto a mañana o el lunes, en el peor de los casos. Restando cerca de dos semanas para que finalice el plazo, y teniendo en cuenta que los contribuyentes suelen apurar, fuentes oficiales descartaron la necesidad de alargar el periodo del pago anticipado más allá del 20 de febrero (aunque el pago domiciliado acaba el día 15). El 50% de la tributación restante se abonará entre el 1 y el 20 de septiembre.
La ministra de Hacienda, María Jesús Montero, consideró de «justicia social y fiscal» que estas compañías, que presentan estos días beneficios récord, hagan una mayor aportación para ayudar a a paliar la crisis inflacionista y energética. Los sectores afectados, por su parte, denuncian que no se gravan sus beneficios, sino su facturación, y muchas firmas ultiman recursos judiciales que presentarán en paralelo al primer pago.
De momento, las entidades financieras que facturasen más de 800 millones en 2019 afrontan un impuesto del 4,8% sobre su margen de intereses y las comisiones netas de la actividad desarrollada en España, unos 1.500 millones al año. A su vez, las empresas del ramo eléctrico, gasista y petrolero que facturasen más de 1.000 millones en 2019 abonarán el 1,2% de su cifra de negocio, 2.000 millones anuales que se rebajarán en 500 al no verse finalmente afectada su actividad regulada. Los tributos operarán dos años antes de que se evalúe su fin, extensión o perpetuidad.
Fuente: Expansión