El Consejo de Estado dio su visto bueno definitivo a la letra pequeña de los nuevos impuestos a banca y empresas energéticas el pasado jueves, lo que permitió a Hacienda poner en marcha el cobro del primer pago anticipado de ambos tributos el sábado, aunque lo hiciera con cuatro días de retraso frente a lo inicialmente previsto. Pese a que el Consejo se limita a plantear algunas correcciones técnicas y termina avalando la orden ministerial que desarrolla la declaración de los nuevos impuestos, el dictamen no escatima en críticas a la tramitación y el contenido de la norma. El órgano consultivo denuncia sobre todo la «especial complejidad técnica» del diseño de ambas figuras y considera «deseable una mayor precisión» de ciertos aspectos de su funcionamiento.
Conviene tener en cuenta que lo que analiza el Consejo de Estado no es la ley por la que se crearon los nuevos tributos, que al ser tramitada como proposición de ley por los grupos políticos que gobiernan en coalición evitó al Gobierno someter el texto de un proyecto de ley a este tipo de consultas preceptivas. La evaluación del organismo se centra en realidad en la orden ministerial que desarrolla los modelos de declaración de los impuestos sobre las empresas energéticas (el 795 para la liquidación anual y el 796 para el pago anticipado) y la banca (el 797 como formulario general y el 798 para el anticipo).
El Consejo de Estado pasa de puntillas por el uso de esta vía de tramitación de la ley aunque se detiene a valorar «la decisión del legislador» de conceder a ambas figuras la «definición legal» de «prestaciones patrimoniales de carácter público no tributario», cuyo objeto es «contribuir a los objetivos del pacto de rentas» utilizando la recaudación para combatir la crisis inflacionista, en lugar de calificarlos de impuestos. «Es claro que no corresponde a este Consejo de Estado», defiende, «examinar si los nuevos gravámenes son o no auténticos tributos» o pronunciarse sobre su «constitucionalidad».
Más allá, el dictamen se permite una «reflexión sobre el esquema normativo previsto para la regulación de estos nuevos gravámenes temporales», considerando que «es preciso hacer un uso restringido de esta técnica, estableciendo las cautelas necesarias para garantizar su carácter excepcional».
Al abordar la redacción de la orden ministerial, el Consejo de Estado detalla que durante el proceso han formulado alegaciones la Confederación Española de Organizaciones Empresariales (CEOE, cuya petición de audiencia ante el Consejo fue denegada por la «urgencia» con que se solicitó); la Confederación Española de Cajas de Ahorro (CECA); Operadores Independientes del Sector Energético (UPI); la Asociación Española de Operadores de Productos Petrolíferos (AOP) y Petronieves, S. L. Aunque Hacienda ha «incorporado al texto» la mayoría de mejoras técnicas sugeridas, el Consejo de Estado afea al Gobierno no haber presentado un informe que justifique los cambios asumidos y descartados. A partir de ahí, el dictamen critica que el Gobierno no haya previsto un desarrollo más cuidadoso de la aplicación práctica de los nuevos impuestos durante su tramitación legislativa. En concreto, destaca, «hubiera sido muy pertinente que la ley» que los creó «hubiese incorporado alguna habilitación al desarrollo de sus artículos 1 y 2 mediante real decreto, por razón del limitado» margen que se deja para afinar las figuras «y también en atención a la especial complejidad técnica que revisten algunos aspectos de la regulación de los nuevos gravámenes». Para lograr «una mayor precisión», incide, «sería necesario un desarrollo reglamentario mediante real decreto».
El principal problema encontrado por el Consejo de Estado es la «complejidad» en las fórmulas de valoración del importe neto de la cifra de negocios que determina las empresas y entidades sujetas a los impuestos, así como el cálculo de la prestación que han de satisfacer, en el caso de los grupos que tributan en régimen de consolidación fiscal del Impuesto de Sociedades y en el de los grupos mercantiles. Se trata, destaca, de un problema que también ha identificado la Delegación Central de Grandes Contribuyentes de la Agencia Tributaria en su informe de evaluación de los tributos, en el que «evidencia la necesidad de un complemento normativo que aporte previsión y claridad» a la aplicación de los tributos.
Los impuestos gravan al 4,8% el margen de intereses y comisiones de las entidades que facturasen más de 800 millones en 2019 y al 1,2% la cifra de negocio de firmas energéticas que facturasen 1.000 millones aquel año para recaudar unos 3.000 millones al año en 2023 y 2024.
Fuente: Expansión