El dinero en efectivo se ha convertido en un sospechoso habitual de las autoridades fiscales debido a que se le vincula a la economía sumergida y a actividades delictivas como el fraude fiscal, el blanqueo de capitales e incluso la financiación del terrorismo. Esto hace que se someta a una especial vigilancia por parte de Hacienda.
Así, la Agencia Tributaria monitoriza la presencia de dinero en efectivo en determinadas operaciones que pueden involucrar a todo tipo de personas. No se centra el foco en determinados grupos de contribuyentes, sino en un perfil muy concreto de operaciones que, por su naturaleza, se vinculan de forma recurrente a esas actividades delictivas que se persiguen.
Cada vez que una de estas operaciones tiene lugar (es decir, que se produce un movimiento que encaja dentro de los parámetros marcados por Hacienda), el organismo fiscal recibe la información necesaria para, si lo desea, ejecutar las investigaciones pertinentes.
Muchas operaciones afectan a las personas que se decantan por guardar dinero ‘bajo el colchón’ en su domicilio, independientemente de la razón por la que prefieran acumular parte de sus ahorros en casa con los inconvenientes que ello puede conllevar.
Las operaciones que Hacienda vigila son las que involucran a retiradas o ingresos de dinero en efectivo por valor de 3.000 euros o más o las que afectan a billetes de 500 euros. El importe de las operaciones y la vinculación del billete de 500 euros a esas actividades delictivas anteriormente mencionadas (de hecho el Banco Central Europeo prohibió su emisión en 2019) explican esos parámetros.
Cada vez que una operación que se produce en un banco responde a alguno de los dos anteriores perfiles la Agencia Tributaria recibirá toda la información correspondiente a ese movimiento. Esto no significa que, de forma automática, Hacienda comience una investigación. Simplemente así funciona el caudal de información que el organismo recibe de todos los agentes involucrados.
Solo en los casos en los que la Agencia Tributaria perciba indicios delictivos iniciará las investigaciones pertinentes. En el resto de casos el ciudadano puede sentirse tranquilo: Hacienda tendrá la información de la operación pero no hará nada más.
¿Y cómo le llega a Hacienda la información referente a esos movimientos que implican retiradas o ingresos de 3.000 euros o más y a billetes de 500 euros? El organismo, en este caso, no tiene que buscar nada porque se lo facilitan los bancos, que están obligados a ello por la ley.
No es ni más ni menos que la Ley General Tributaria la que lo establece. En su artículo 93 (puede consultarse en este enlace del boletín Oficial del Estado), deja claro que, sin posibilidad de ampararse en el secreto bancario, las entidades bancarias deben facilitar «toda clase de datos, informes, antecedentes y justificantes con trascendencia tributaria relacionados con el cumplimiento de sus propias obligaciones tributarias o deducidos de sus relaciones económicas, profesionales o financieras con otras personas».
Cómo declarar a Hacienda el dinero en efectivo ‘bajo el colchón’
El mayor colchón de seguridad de un ciudadano ante una posible investigación de Hacienda es conocer el origen del dinero y declararlo de forma correcta. Estas fechas son más pertinentes que nunca para recordarlo, ya que se encuentra muy próximo el inicio de la Campaña de la Renta.
Así, hay que conocer el origen del dinero que se tiene en casa ‘bajo el colchón’, ya sea procedente de rentas del trabajo, de capital mobiliario o inmobiliario, de ganancias patrimoniales…y comprobar que, efectivamente, así se recoge en el borrador de la Renta y queda, por lo tanto, declarado.
Fuente: El Economista