El Ministerio de Consumo fija su atención en los pisos turísticos. Ayer propuso a todos los municipios de España que se sumen a una investigación para acabar con la publicidad en plataformas de internet de aquellos pisos turísticos en régimen irregular y que sin embargo están anunciados. Pero también apuesta por introducir nuevas medidas en los alojamientos que están regularizados. De ahí su apuesta por que el arrendador de esas viviendas empiece a pagar el IVA. Lo verbalizó ayer el titular de la cartera, Pablo Bustinduy, en una entrevista en Antena 3.
Se da la circunstancia de que Bustinduy es uno de los ministros de Sumar en el Gobierno de coalición. Si bien el PSOE y Sumar comparten el diagnóstico de que los pisos turísticos tiene una influencia directa en el encarecimiento de los precios de la vivienda habitual en tanto en cuanto merman la oferta, la formación de Yolanda Díaz lleva meses tratando de diferenciarse de los socialistas con propuestas más tajantes en esta materia. El ministro aseguró que la vivienda turística «está afectando a la vida de muchas ciudades, haciendo que los precios del alquiler suban una barbaridad y que la gente tenga que abandonar sus barrios y los comercios se vean afectados. Se calcula que hasta un 10% del parque en algunas ciudades se destina a pisos turístico. El turismo no puede ser a costa de dificultar el derecho a la vivienda».
Así, Bustinduy defendió que el alquiler de una vivienda turística «tribute como cualquier actividad comercial», algo que en la actualidad «no está pasando». El ministro argumentó que el hecho de que no haya que pagar el IVA incentiva el alquiler turístico, cuando «hay que incentivar que se destine la vivienda de la que disponemos al uso principal, a que la gente viva en ella».
En la actualidad, explica la Agencia Tributaria, «quien realiza arrendamientos de alojamientos turísticos tiene, a efectos del IVA, la condición de empresario. No obstante, están exentos y, por tanto, sujetos a Transmisiones Patrimoniales Onerosas del ITP, aquellos arrendamientos de alojamientos turísticos en los que el arrendador no presta servicios típicos de la industria hotelera. En estos casos, el arrendador no debe presentar ni ingresar el IVA. En caso de prestarse servicios propios de la industria, el arrendamiento de un apartamento turístico no estará exento del IVA y deberá tributar al tipo reducido del 10% como un establecimiento hotelero».
La Agencia Tributaria entiende que estos servicios típicos de la industria hotelera son, entre otros, la recepción de clientes, la atención permanente y continuada de los mismos, la limpieza periódica del inmueble o servicios de lavandería, custodia de maletas y restauración. «Los servicios de hospedaje se caracterizan por extender la atención a los clientes más allá de la mera puesta a disposición de un inmueble o parte del mismo. Es decir, la actividad de hospedaje se caracteriza, a diferencia de la actividad de alquiler de viviendas, porque normalmente comprende la prestación de una serie de servicios», razona. Añade, además, que si para la gestión de ese arrendamiento turístico hay «al menos, una persona empleada con contrato laboral y jornada completa, los rendimientos obtenidos son rendimientos de actividades económicas».
Oferta ilegal
La ofensiva de Consumo contra la oferta de alquiler turístico ilegal no es la única llevada a cabo en el seno del Gobierno de coalición en las últimas semanas. A finales de mayo, la ministra de Vivienda y Agenda Urbana, Isabel Rodríguez, se reunió con los gobiernos regionales para comunicarles la pronta adopción de un reglamento europeo por el cual existirá una plataforma única en todo el país en el que estén registrados todos los pisos turísticos legales. Con ello, se fomentará la transparencia y se podrá perseguir la oferta ilegal y, aunque la Unión Europea exige que esté en marcha antes de mayo de 2026, la intención del Gobierno es que llegue antes de que termine 2025. Además, Rodríguez propuso hace unos días cambiar la Ley de Propiedad Horizontal para que las comunidades de propietarios puedan prohibir los pisos turísticos.
La medida de Consumo, por su parte, trata de perseguir los «anuncios que se publican en plataformas de alquiler turístico de viviendas que no disponen de licencia para operar como alojamiento turístico». Razona el ministerio que esta publicidad supone una infracción de la Ley General para la Defensa de Consumidores y Usuarios y que se consideraría una práctica comercial desleal.
Fuente: Expansión