Las pequeñas y medianas empresas y los trabajadores autónomos que han solicitado el kit digital para promover la digitalización de su organización deben declararlo en el IRPF. Para declararlo hay que tener en cuenta que se trata de una subvención, por lo que debe ser considerado como ganancia patrimonial y se tiene que integrar en la base imponible del ahorro.
Las ayudas que tanto pymes como autónomos han recibido por el Kit Digital se destinan a financiar la adquisición de elementos ligados al negocio.