Si un familiar cercano fallece puede que, aparentemente, sea una de nuestras últimas preocupaciones al tratarse de una noticia tan triste, pero lo cierto es que la rueda sigue girando y las personas que, en estos casos, reciban una herencia deben saber que para poder cobrarla hay que hacer frente al pago de algún que otro impuesto.
La clave reside en que cualquier aumento del patrimonio o los recursos de las personas que reciben la herencia obliga a los mismos a tributar por ese incremento. En cada caso (ya que depende del tipo de recursos que se hereden) será diferente, pero lo que no cambia es el hecho de que hay que pagar.
En el blog Jubilación de futuro del instituto BBVA de Pensiones se explican cuáles son los impuestos a los que el contribuyente puede enfrentarse en caso de recibir una herencia tras la muerte de alguien cercano.
Impuesto de Sucesiones
Es el impuesto por antonomasia cuando hablamos de una herencia. Este tributo grava el incremento en el patrimonio de una persona que recibe una herencia y es de ámbito autonómico, por lo que se gravará de forma diferente a una persona que reciba una herencia en Andalucía y a otra que lo haga en Murcia, por ejemplo.
IRPF
El Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas se verá modificado si el contribuyente recibe una herencia en un determinado ejercicio fiscal. Esto puede darse en varios casos:
-Si hereda acciones o fondos de inversión que posteriormente proceda a vender, teniendo que declarar la ganancia patrimonial. El precio de compra será el de la valoración en el momento de la muerte más el importe del Impuesto de Sucesiones.
-Si en el caso de una sociedad de gananciales el cónyuge hereda un seguro de vida el otro cónyuge ha de pagar por la mitad del importe del seguro de vida tributando como renta de capital mobiliario.
-Si el contribuyente hereda un plan de pensiones o un plan de previsión asegurado. Solo cuando el heredero, con todos los derechos legales sobre ellos, decida rescatarlos, considerándose rendimientos del trabajo.
La plusvalía
Es aplicable para los casos en los que un ciudadano hereda una vivienda. Este impuesto es de carácter municipal, por lo que dependerá del municipio de la vivienda. En concreto, lo que la administración municipal valora es el posible incremento de valor del inmueble en los últimos 20 años.
Impuesto de donaciones
Este tributo puede ser obligatorio en algunos de los casos derivados de la herencia de un seguro de vida: cuando el tomador haya suscrito ese seguro para cubrir el fallecimiento de su cónyuge dejando de beneficiario al hijo o hija.
Fuente: El Economista