Hacienda permitirá a las grandes empresas nacionales y multinacionales la presentación de autoliquidaciones rectificativas del nuevo impuesto complementario al de Sociedades para que las compañías tributen un mínimo del 15%, ante la complejidad del gravamen.
El Ministerio que dirige María Jesús Montero va a elaborar el reglamento para facilitar la aplicación de la Ley que crea este impuesto (aún en tramitación) y despejar dudas interpretativas, ya que reconoce que hay aspectos «de mayor complejidad», contiene terminología distinta a la que se utiliza en España y necesita la realización de unos cálculos difíciles para obtener la base imponible. Por tanto, Hacienda ya ha sometido a consulta pública el reglamento, que estará abierto a observaciones hasta el 31 de mayo.
La norma pretende regular la presentación de autoliquidaciones rectificativas para que las grandes compañías nacionales y las multinacionales puedan corregir la declaración si se han equivocado con el pago. Además, también aclarará dos aspectos relevantes: cómo calcular la base imponible sobre la que aplicar el tributo y cómo calcular la cifra de negocio de las empresas ya que es el umbral a partir del cual estarán sometidas o no al mismo. Solo tendrán que abonarlo aquellos grupos que superen durante dos años consecutivos unos ingresos de 750 millones de euros.
Respecto a la base imponible, el texto señala que partirá del resultado contable de las entidades que integran el grupo antes de cualquier ajuste de consolidación por eliminación de operaciones intragrupo, pero con «una serie de ajustes».
«Resulta necesario que el reglamento incorpore aquellos aspectos que se consideren más relevantes, teniendo en cuenta que se trata de ajustes que requieren de unos cálculos complejos», expone. Así, aclarará cómo aplicar los ajustes por dividendos o ganancias de capital, por variaciones de coberturas en moneda extranjera o de los ingresos derivados de las quitas. También regulará otros elementos clave para fijar la base imponible como la exclusión de rentas vinculadas a la sustancia económica y el tratamiento de los créditos fiscales.
El reglamento concretará la fórmula de cálculo del importe neto de la cifra de negocio que se toma como umbral (750 millones de euros) para delimitar si la compañía está sujeta al tributo. Además, detallará la información necesaria para realizar los cálculos del Impuesto Complementario y sus principales aspectos como forma y plazo de presentación, identificación del declarante, información del grupo y su estructura o información por países en los que está.
Finalmente, y atendiendo a sectores regulados, la norma desarrollará las especificaciones que pudieran afectar a determinadas entidades, como las aseguradoras.
Este tributo, acordado por la OCDE, recibió el visto bueno de 178 países para su aplicación. La Unión Europea aprobó una Directiva para que el resto de los Estados la transpusiera. El objetivo es que las compañías y sus filiales paguen al menos un 15% del Impuesto de Sociedades en todos los países en los que tengan presencia. El 75% de los países que se comprometió a aplicarlo, entre ellos EEUU, ahora se muestra reticente a ponerlo en marcha.
Fuente: El Economista