El Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF), el órgano especializado en impuestos dentro del Consejo General de Economistas, ha presentado su tradicional batería de recomendaciones de cara a planificar la Renta y el Patrimonio de 2022 antes de que finalice el ejercicio. Entre las 100 sugerencias, dadas a conocer en el congreso anual que el organismo celebró la semana pasada en Cadiz, se encuentran consejos recurrentes, pero también varias novedades vinculadas a los cambios impulsados en los últimos meses por el Gobierno.
Estas serían algunas de las recomendaciones que los asesores del REAF destacan teniendo en cuenta las nuevas deducciones proyectadas, los cambios previstos para 2023 o la subida de tipos en la renta del ahorro a partir de 200.000 euros. Los economistas tampoco olvidan nuevos gravámenes como el impuesto temporal sobre las grandes fortunas.
Uno de los cambios principales de cara a 2023 es el incremento de los tipos en la base del ahorro del IRPF. Tal y como sugiere el REAF, “ahora es el momento, antes de que finalice el año, de revisar operaciones que originan fuertes ganancias patrimoniales o repartos de dividendos”. Si se realizan el año próximo podría haber una mayor retención.
Así, explican los asesores, si un contribuyente tiene previsto el cobro de dividendos o la venta de algún elemento patrimonial que genere rendimientos, “el incremento de la tributación de las rentas del ahorro le va a afectar”. Por ello, “quizá le convenga adelantar operaciones antes del 31 de diciembre”.
En paralelo, detalla el REAF, si un contribuyente ha transmitido algún activo es recomendable valorar la posibilidad de acoger la operación a la regla especial de operaciones a plazo. “De esta manera la renta obtenida la puede declarar según sean exigibles los cobros”. Así, además de diferirla, puede rebajar el tipo al que tributa.
No obstante, y de nuevo debido al incremento del tipo en las rentas del ahorro, puede haber casos en que convenga no optar por esta opción. Por ejemplo, el caso de una operación a plazos con un único pago previsto en 2023. “En este supuesto, si la cuantía de la operación excede de 200.000 euros, interesará no optar por la regla de operaciones a plazos, sino tributar en 2022”.
Se ha introducido un nuevo límite de 4.250 euros para las aportaciones de autónomos a planes simplificados de empleo, que también se aplicará a las aportaciones de planes de pensiones sectoriales. Así, el contribuyente podrá realizar aportaciones que reduzcan su base imponible en hasta 4.250 euros, siempre que estén vinculadas a estos productos.
Si se aplica el régimen de módulos, el REAF anima a vigilar el cumplimiento de los límites en 2022 para no tener que pasar a estimación directa en 2023. Además, esos mismos límites aplicables en los ejercicios anteriores se prorrogarán el ejercicio próximo. Así, las magnitudes de 150.000 euros para el volumen de rendimientos íntegros del año anterior y 75.000 euros para las operaciones por las que existe la obligación de expedir factura, quedan fijadas en 250.000 euros y 150.000 euros, respectivamente.
En 2023 también aumentará el porcentaje que los empresarios o profesiones pueden deducirse como gastos de difícil justificación. En concreto pasará del actual 5% del rendimiento neto de la actividad económica, excluido este concepto, a un 7%. Por ello, puede ser «interesante retrasar los ingresos de la actividad al ejercicio 2023 y adelantar gastos antes del 31 de diciembre».
El contribuyente que haga aportaciones a un sistema de previsión social podrá ahorrar reduciendo su base imponible hasta el 30% de la suma de los rendimientos del trabajo o hasta un máximo anual de 1.500 euros, si bien este último límite se amplía a los 8.500 euros cuando el incremento proviene de contribuciones empresariales o cuando las aportaciones del empleado sean iguales o menores a las de la empresa. En 2023 se permitirá que los trabajadores con rendimientos íntegros de hasta 60.000 euros anuales puedan aportar al plan más que la propia empresa.
En paralelo, se considera que las aportaciones las realiza el trabajador si se llevan a cabo dentro de un programa de retribución flexible. “Por tanto, puede ser un buen momento para negociar con su empresa la posibilidad de realizar un plan de empleo para 2023”, dicen los asesores.
Los empresarios que realicen contribuciones para sus empleados, recuerda el REAF, podrán aplicar en su IRPF la deducción correspondiente.
Los contribuyentes con acciones o participaciones de empresas de reciente creación pueden deducirse el 30% de las cantidades satisfechas en 2022 sobre una base máxima anual de 60.000 euros. Sin embargo, se prevé que la aprobación de la Ley de empresas emergentes mejore estas deducciones hasta el 50% sobre una base máxima de 100.000 euros. Por todo ello, siempre que la ley se apruebe, “convendría valorar la posibilidad de invertir en una empresa emergente en 2023 para disfrutar de esta mayor deducción”.
Los Presupuestos Generales del Estado de 2023 incluyen un incremento de la reducción por obtención de rendimientos del trabajo que beneficiará a las rentas de hasta 21.000 euros brutos anuales. Las cuentas públicas también contemplan una modificación de los límites que exoneran de la obligación de retener, que beneficiará a los contribuyentes de menores ingresos. Por cuestiones técnicas, se limitará la cuota de retención en caso de contribuyentes que obtengan hasta 35.200 euros. ¿Qué sucede?Que habrá contribuyentes que oscilen entre los 21.000 y los 35.200 euros a los que la declaración les salga a pagar en 2023. Para evitar esto, recomienda el REAF, podría ser conveniente solicitar al pagador que practique una mayor retención y así evitar gastos imprevistos en 2023.
Las exenciones en el impuesto sobre el patrimonio también aplicarán en el nuevo gravamen sobre las grandes fortunas. Por eso, los asesores recomiendan entre otros puntos tener atados aspectos como el de la empresa familiar. Para lograr la exención valdrá con que un miembro del grupo familiar realice funciones directivas y cobre por ello una remuneración que suponga, al menos, la mitad de sus rentas del trabajo.
El REAF también recuerda otras exenciones como los 300.000 euros de la primera vivienda, que asciende a 600.000 euros en el caso de un matrimonio que comparte la propiedad de la casa.
Más allá de las deducciones habituales en vivienda, el REAF recomienda a los potenciales caseros con viviendas en zonas tensionadas que esperen a la aprobación de la futura ley de vivienda. La razón es que la normativa cambiará las bonificaciones actuales, llevando la máxima hasta el 90% siempre que el inmueble esté en una zona de mercado caliente y se haya rebajados el precio al menos un 5%.
En vivienda también están previstas otras deducciones vinculadas a la rehabilitación energética, financiadas con los fondos europeos.
Entre otras novedades, los Presupuestos incluyen un cambio que permitirá aplicar la deducción por maternidad a las madres de niños menores a tres años sin empleo y que reciben prestaciones contributivas o asistenciales. Hasta ahora, para contar con el descuento, era necesario que la mujer realizase una actividad por cuenta propia o ajena.
A los creadores de obras literarias, artísticas o científicas les interesará retrasar sus ingresos a 2023 habida cuenta de que para ese año el porcentaje de retención pasará del 15% al 7% cuando el volumen de los rendimientos sea inferior a 15.000 euros y represente el 75% de la suma de los rendimientos íntegros del contribuyente.
Si durante 2022 el contribuyente ha realizado trabajos en el extranjero, puede que las remuneraciones percibidas estén exentas hasta un máximo de 60.100 euros. En ese caso, para no tener problemas en una comprobación administrativa, «exija a su empresa que tenga en cuenta esta exención a la hora de practicar las correspondientes retenciones».
Fuente: Cinco Días