Hacienda facilitará a las fortunas el pago del impuesto solidario con obras de arte

Posted by JJL | 15 noviembre, 2022

La tramitación exprés por la que los socios del Gobierno de coalición quieren aprobar, en cuestión de días, el nuevo impuesto solidario sobre grandes fortunas para que grave los patrimonios superiores a 3,7 millones de euros ya a 31 de diciembre de este año deja escaso margen de actuación a muchos de los contribuyentes afectados. Dado su perfil, que incluye a grandes patrimonios pero carentes en ocasiones de rentas relevantes, PSOE y Unidas Podemos se han apresurado a abrir la puerta a que las fortunas puedan hacer frente al pago del nuevo tributo mediante la entrega al Estado de obras de arte y otros bienes integrantes del Patrimonio Histórico.

Este es el objetivo de una de las enmiendas registradas por los dos partidos que forman el Gobierno de coalición a la proposición de ley de creación de los nuevos impuestos a grandes empresas energéticas y financieras, al cual se ha adherido la creación del nuevo impuesto solidario a grandes fortunas también como mera enmienda.

El texto de la enmienda propone modificar un real decreto de 1986 que desarrollaba la Ley de Patrimonio Histórico Español para recoger expresamente la posibilidad de que «el contribuyente que pretenda pagar la deuda tributaria» del «impuesto Temporal de Solidaridad de las Grandes Fortunas» mediante «entrega de bienes integrantes del Patrimonio Histórico Español que estén inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o en el Inventario General».

La regulación propuesta por PSOE y Podemos establece que los contribuyentes interesados en esta vía deberán solicitar por escrito la valoración del bien, reseñando su código de identificación en los citados registros, a la Junta de Calificación, Valoración y Exportación de Bienes del Patrimonio Español. La Comisión de Valoración de esta Junta está formada por ocho miembros, cuatro designados por el Ministerio de Cultura y cuatro por el de Hacienda.

La tasación efectuada por la Junta de Calificación, Valoración y Exportaciones arrojará el valor económico asociado al bien por el que pueden cancelarse deudas con la Agencia Tributaria. La tasación tendrá una vigencia de dos años para ser utilizada ante el Fisco, si bien «no vinculará al interesado que podrá pagar en metálico la deuda tributaria» si al final lo prefiere.

El contribuyente deberá manifestar por escrito su pretensión «al tiempo de presentar la declaración correspondiente al impuesto», detalla la redacción de la enmienda, que establece que «dicha manifestación tendrá por efecto la suspensión del procedimiento recaudatorio, sin perjuicio de la liquidación, en su caso, de los intereses de demora correspondientes», que podrán exigirse en paralelo.

A la luz del valor del bien declarado por la Junta, el interesado podrá solicitar formalmente al Ministerio de Hacienda y Función Pública la admisión de la dación como forma de pago. El departamento que dirige María Jesús Montero tendrá la última palabra al respecto una vez haya consultado previamente al Ministerio de Cultura.

De aceptarse la entrega de determinado bien en pago de la deuda tributaria, el destino del mismo se regirá por las leyes de Patrimonio del Estado y del Patrimonio Histórico Español, siendo habitual su entrega a los principales museos del país. En paralelo, a efectos contables, la norma habilita al Ministerio de Hacienda a generar los créditos presupuestarios necesarios para efectuar pagos y cancelar las deudas que correspondan.

En realidad, lo que la enmienda busca es equiparar desde el momento de su creación el nuevo impuesto solidario a grandes fortunas a los protocolos ya previstos en tributos como Sucesiones, Patrimonio o el IRPF. De hecho, tal y como recuerda el Ministerio de Cultura, «el pago de cualquier deuda tributaria podrá realizarse con la entrega de bienes pertenecientes al Patrimonio Histórico Español, que estén inscritos en el Registro General de Bienes de Interés Cultural o incluidos en el Inventario General de Bienes Muebles». Se trata, en todo caso, de una vía de ajustar cuentas con Hacienda que el Gobierno acepta muy raramente, solo en el caso de determinar que los bienes a entregar son realmente de gran valor y relevancia histórica. El perfil de los contribuyentes sujetos al nuevo tributo solidario para grandes fortunas, que incluye a los mayores patrimonios de todo el país, aumenta la posibilidad de que el colectivo sí que posea obras de especial valor o interés cultural para el Estado.

Después de todo, el nuevo tributo se dirige al 0,1% de contribuyentes más acaudalados del país, los apenas 23.000 contribuyentes con un patrimonio superior a los 3 millones de euros. Es más, teniendo en cuenta que el diseño final del tributo impulsado por PSOE y Unidas Podemos incorpora un mínimo personal exento de 700.000 euros, el tributo solo comenzarán a pagarlo aquellos contribuyentes con más de 3,7 millones de patrimonio, que estarán sujetos a un tipo del 1,7%. El gravamen se eleva al 2,1% entre los 5 y los 10 millones de euros y al 3,5% a partir de dicha cuantía con un potencial recaudatorio total de 1.500 millones anuales durante los dos ejercicios que se prevé esté en vigor. Del montante, sin embargo, hay que descontar lo ya abonado a las comunidades autónomas por Patrimonio, lo que en la práctica rebajará su recaudación total y limitará el impacto a los contribuyentes de regiones que bonifican ese tributo, como Madrid Andalucía.

Fuente: Expansión

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