Máxima expectación entre la gran banca. Es muy posible que hoy se conozcan los detalles del nuevo tributo que el Gobierno va a imponer al sector. PSOE y Unidas Podemos trabajaban ayer contrarreloj para registrar la proposición de Ley hoy mismo en el Congreso. Hacerlo esta semana es crucial, porque el texto legal debe pasar el trámite parlamentario de enmiendas y el proceso debe quedar terminado antes de que acabe el año para que el tributo pueda entrar en vigor el 1 de enero.
También está previsto que se conozcan hoy los detalles del impuesto diseñado para las compañías energéticas.
A última hora de la tarde de ayer, las patronales bancarias no habían recibido ni oficial, ni extraoficialmente, ningún documento o detalle sobre las características del impuesto que gravará los beneficios extraordinarios que, según el Gobierno, registrarán las entidades con el inicio del ciclo alcista de tipos en Europa.
Sin embargo, fuentes financieras creen que el Ejecutivo se decantará por gravar la masa salarial de las entidades porque sería la fórmula que plantea menos problemas jurídicos.
Según estas fuentes, en Francia existe un tributo con un esquema similar. En ese caso, el impuesto es progresivo y se aplica de forma creciente por tramos sobre la masa salarial de las entidades financieras.
De decantarse por esta fórmula, los bancos consideran esencial que el impuesto se aplique solo sobre los salarios pagados en España. Y también que el impuesto sea deducible como gasto en el Impuesto de Sociedades para evitar la doble imposición. Así es como funciona en Francia.
Otra de las opciones que tiene el Ejecutivo encima de la mesa es establecer un gravamen sobre el volumen ingresado por intereses y comisiones en cada entidad, y que podría oscilar el 4% o el 5%.
El Gobierno quiere recaudar con este impuesto 3.000 millones entre 2023 y 2024. Se aplicará sobre entidades que facturen más de mil millones de euros. En el sector bancario, el barómetro que mide los ingresos suele ser el margen bruto. Eso significa que la medida solo afectaría a los grandes bancos y quedarían fuera entidades como Ibercaja y bancos extranjeros que operan en España como ING y Deutsche Bank. La consultora Alvarez & Marsal advierte que esto puede generar problemas de competencia en el sector en España y a nivel internacional.
El Ejecutivo ha anunciado que pondrá los medios para que los bancos repercutan el impuesto en el precio de sus productos y asegura que la CNMC tiene diferentes herramientas para conseguirlo. Sin embargo, este extremo es muy difícil de controlar y, sobre todo de demostrar, según fuentes del sector.
Según Alvarez & Marsal, al tratarse de un impuesto directo es muy complicado que no se traspase al cliente vía mayores precios o reducción de crédito. Los bancos, según explica, están obligados por el Banco de España a repercutir los costes directos.
La banca española soporta desde 2015 un Impuesto sobre Sociedades del 30%, por encima del tipo general aplicado a otros sectores, que es del 25%.
Desde 2013, la banca cuenta con un impuesto específico que existe en pocos países del entorno y que grava los depósitos constituidos en las entidades de crédito en todo el territorio español. El tributo, llamado Idec, aplica un tipo del 0,03%.
En 2018 el Gobierno obligó a la banca vía Real Decreto Ley a hacerse cargo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados (el País Vasco quedó fuera porque cuenta con competencias propias). Se trata del impuesto que grava las hipotecas. El tipo oscila entre el 0,5% y el 1,5% del volumen del préstamo dependiendo de la CCAA.
En 2020, además, entró en vigor la tasa Tobin, que grava las transacciones financieras con un 0,02%.
El sector, por último, paga una tasa anual al Fondo de Garantía de Depósitos español y otra al Fondo Único de Resolución Europeo.