Se ultiman los códigos de buenas prácticas sobre la publicidad y la conciliación.
La Abogacía defiende que no puede justificarse, ni legitimarse, como regla general, la intervención de las comunicaciones entre letrado y cliente, «ni siquiera cuando se trate de los supuestos indirectos de grabaciones por arrastre».
Así se manifiestan los abogados presentes estos días en las VIII Jornadas de Juntas de Gobierno de la Abogacía, que se han celebrado esta pasada semana en Bilbao, en las conclusiones sobre sus debates.
De esta forma, se alega que el Estatuto incluye entre los principios rectores y valores superiores del ejercicio profesional el respeto del mismo, «principio esencial e irrenunciable de la abogacía, signo de identidad y elemento vertebrador del derecho fundamental de defensa que hace posible el Estado de derecho y una justicia eficaz».
Considera la Abogacía que se trata de un privilegio y prerrogativa funcional imprescindible para la defensa de los derechos y libertades de todas las personas, frente al que no cabe oponer ningún supuesto bien superior.
Para Jesús Remón, socio de Uría y Menéndez, «la única excepción es la existencia de indicios objetivos de participación del abogado en la comisión de delitos».
Consejo jurídico preprocesal
La Abogacía Española manifiesta su compromiso en defensa del secreto profesional, exigiendo de los poderes públicos su máximo refuerzo para todas las formas de ejercicio profesional, lo que incluye, como explícitamente destaca el Estatuto, la abogacía de empresa, abarcando además de las funciones de dirección y defensa en todo tipo de procesos, el asesoramiento y consejo jurídico preprocesal.
A este respecto, el abogado y profesor del Instituto Superior de Derecho y Empresa, Cristóbal Martell, considera que «es muy perturbador cercenar la protección al abogado de empresa. Acogerse al secreto profesional es la mejor de todas las protecciones. De no ser así, se cercena el derecho de defensa y al abogado lo dejamos al pie de los caballos».
En el debate celebrado en el transcurso de estas VIII Jornadas, no obstante, el exmagistrado de la Audiencia Nacional y actual abogado ejerciente, Javier Gómez Bermúdez, mantuvo posturas enfrentadas, tanto en lo que respecta al secreto de los abogados de empresa como de los supuestos indirectos de las grabaciones de arrastre, que afectan al entorno del investigado.
Autocontrol profesional
Otro de los asuntos novedosos que se han debatido en las Jornadas de la Abogacía es el referido a la creación de un sello de calidad para los servicios de los abogados.
El decano del Colegio de Alicante, Fernando Candela, anunció que están muy adelantados los trabajos sobre el Código de Conducta, que será aprobado próximamente, y que introducirá un sello de calidad para acreditar el autocontrol.
«Con un instrumento de adhesión voluntario podemos autorregularnos y ver qué conductas son infractoras y contrarias a la dignidad de la profesión», explicó en la mesa redonda moderada por Lourdes Carballo, decana de Vigo.
«No se trata de prohibir o restringir sino de que la profesión de abogado no tenga que ver cómo se venden los servicios profesionales como una mercadería. La publicidad que pone unos honorarios mínimos a determinados servicios hace mucho daño a la profesión», añadió. «Todos estamos de acuerdo en que hay que hacer publicidad pero se tienen que respetar los valores de esenciales de esta profesión».
Buenas prácticas para conciliar
Y de la regulación de la publicidad se pasó a otra de las prioridades de la Abogacía: la conciliación, recogida en el Código de Buenas Prácticas, también pendiente de aprobación.
La decana de Reus, Encarna Orduna, explicó que con este Código se busca «profundizar en el respeto y dignidad en la profesión para garantizar unas relaciones cordiales y fluidas entre todos los que trabajan en la Administración de justicia». El objetivo: la transparencia, eficiencia, agilidad y proximidad de la Justicia.
Entre los principales objetivos de la Abogacía se encuentra la regulación de las suspensiones de plazos procesales, para que no dependan de la discrecionalidad de los jueces, las vacaciones judiciales (no solo agosto, sino también del 23 de diciembre al 7 de enero), y la regulación de los supuestos de embarazo, adopción y permiso de maternidad. Para lograrlo será necesaria la predisposición y colaboración del Ministerio de Justicia, por que habrá que cambiar muchas leyes.
Fuente: ElEconomista.es