La Audiencia Nacional ha rechazado un recurso interpuesto por Ebro Foods contra Hacienda por una reclamación de 5,8 millones de euros en concepto de impuesto de sociedades correspondiente al período 2008-2011.
La sentencia, a la que ha tenido acceso Efe, revela que el procedimiento se remonta a una inspección fiscal que comenzó en 2013 y que acabó un año después con el levantamiento de actas de disconformidad en el marco de un proceso que incluyó también comprobaciones en ocho sociedades del grupo.
Hacienda considera erróneas una serie de deducciones incluidas por la compañía -uno de los gigantes a escala mundial en producción de arroz y pasta, con una facturación superior a los 2.800 millones de euros- a la hora de pagar sus impuestos y calcula que adeuda por ello 5,8 millones.
Una de las deducciones hace referencia al acuerdo alcanzado por la compañía con su antiguo presidente Manuel Guasch para poner fin a un litigio judicial abierto en la Audiencia Provincial de Madrid.
Según se recuerda en el fallo, Guasch dejó el cargo en 1999 tras once años como presidente y lo hizo bajo el acuerdo de recibir un 75 % de su retribución anual hasta cumplir 58 años, pero en 2001 la empresa le transmitió que no podía «mantener indefinidamente su situación privilegiada y absolutamente onerosa» para la firma y el asunto acabó en los tribunales.
En este caso, Hacienda niega «la deducibilidad del pago» realizado a Guasch en el marco de este acuerdo -no precisa la cantidad pactada- por establecer que se trata de una «retribución como consejero» a efectos fiscales y no «una contraprestación por el desistimiento de un litigio».
También hay divergencia de criterios entre la empresa y Hacienda en lo que respecta a los «gastos de publicidad y propaganda destinados a la promoción» de «Alicante 2008, vuelta al mundo a vela».
Concretamente, la firma incluye en deducciones por mecenazgo lo invertido en comprar «envases y embalajes a los que se incorporó el logotipo» del evento, punto que la Administración Tributaria ve equivocado.
Ebro Foods también defendía en el recurso desestimado por la Audiencia la existencia de varios errores, entre ellos la prescripción del ejercicio 2008 por una excesiva demora o la petición de información sobre sociedades no incluidas en el procedimiento y que derivaron en retrasos a la hora de aportar la documentación requerida.
Fuente: Expansión.com