Los impuestos especiales y la Agencia Tributaria en vena.

Posted by JJL | 3 octubre, 2019

¿La Agencia Tributaria quiere controlar la actividad de las empresas desde dentro y parece que ha abierto nuevas ventanillas en las instalaciones de los contribuyentes?.


Los avances en los últimos años en las comunicaciones telemáticas entre la Administración española y los ciudadanos son muy notables. El esfuerzo por facilitar el cumplimiento de nuestras obligaciones por parte de las instituciones del Estado a través de trámites informáticos hace de España adalid entre los países de la UE en este aspecto.

La Administración que sin duda tiene más desarrollo en el cumplimiento telemático de obligaciones y relación general con administrados es la Agencia Tributaria, habiendo implementado además en su web los sistemas informáticos más novedosos de opciones de cumplimiento de las numerosas obligaciones de los contribuyentes.

Las facilidades que estos sistemas informáticos dan a los contribuyentes para el cumplimiento de las obligaciones con la Agencia Tributaria son innegables, pero tampoco se puede obviar que son una perfecta herramienta para la mejora y eficiencia en el control tributario.

Las relaciones bidireccionales entre la Agencia Tributaria y los contribuyentes, basadas fundamentalmente en el cumplimiento de obligaciones a través de formularios y medios telemáticos de transmisión de datos y la recepción de comunicaciones a través de los buzones ‘online’, pasaron sin duda a un nivel superior el 1 de julio de 2017 con la llegada del SII (suministro inmediato de información). A partir de ese momento, los sujetos pasivos del IVA a los que es de aplicación el SII tienen la obligación de abrir sus registros de facturación a la AEAT cada cuatro días. Por lo tanto, de forma cuasi inmediata, la AEAT tiene información sobre qué se factura en nuestro país y con ello la extraordinaria oportunidad de controlar, a través de un dato esencial en la fotografía de qué hace una empresa, la corrección de la actividad de la misma.

Pues bien, si el SII fue el primer sistema de suministro inmediato de información implementado por la AEAT y afecta al principal grupo de contribuyentes por centrarse en el IVA (70.177 millones de euros recaudados en 2018 según el ‘Informe anual de recaudación tributaria’ de la AEAT), próximamente un grupo muy específico de contribuyentes va a verse afectado por dos nuevos sistemas con el mismo espíritu que el SII.

Estos sistemas se llaman Siane (sistema integrado de avituallamientos y notas de entrega) y Silicie (suministro inmediato de libros contables de impuestos especiales), y los contribuyentes afectados son las empresas y profesionales que desarrollan su actividad en el ámbito de los impuestos especiales (hidrocarburos, alcohol, electricidad y tabaco).

Los impuestos especiales son, si no el más, uno de los sectores con mayor control y fiscalización por parte de la AEAT. Cualquier empresa que tenga alguna vinculación con la importación, fabricación, almacenamiento, tenencia, distribución o uso de los productos dentro del ámbito objetivo de los impuestos especiales tiene un catálogo de obligaciones respecto a la AEAT extraordinario, que excede el control de cualquier otro sector de actividad.

No se mueve, transforma, almacena o distribuye un producto sujeto a los impuestos especiales sin una gran mochila de obligaciones administrativas, informativas y tributarias respecto a la AEAT que provocan que las empresas que participan en estos sectores deban dedicar grandes recursos personales y materiales para poder cumplir en tiempo y forma con ellas.

Este 1 de octubre de 2019 respecto al Siane y el 1 de enero de 2020 respecto al Silicie, gran parte de las empresas y profesionales del sector de los impuestos especiales tendrán que cumplir con estas dos nuevas obligaciones, que suponen una vuelta de tuerca al control de la AEAT sobre su actividad, haciendo que la Administración Tributaria tenga información instantánea no sobre su facturación sino sobre el detalle de su actividad diaria.

El Siane afecta a los distribuidores de combustibles y carburantes (impuesto especial sobre hidrocarburos), obligándoles a informar a la AEAT antes de realizar los suministros de sus productos sobre qué tipos de ventas de producto van a realizar. Posteriormente, en un plazo máximo de hasta cinco días, tendrán que informar a la AEAT de los datos concretos de sus clientes. Es decir, el Siane va a representar para la AEAT lo más parecido a tener una cámara en las oficinas de los distribuidores de combustibles y carburantes de nuestro país, controlando al momento toda la planificación y gestión de su actividad. Lo que para cualquier empresa de distribución es planificar la entrega de un bien, emitir un albarán comercial sin ningún requisito extraordinario y organizar la entrega cuando y como se quiera, para un distribuidor de productos petrolíferos es mucho más. Y a partir de ahora, además, con la lupa y control de la AEAT de forma previa e inmediata.

Si un distribuidor de combustibles quiere llevarle gasóleo a su domicilio, por ejemplo, no podrá emitir por su cuenta el documento de entrega del producto. Tendrá que enviar primero un borrador de ese documento a la AEAT para que se lo valide y lo numere (CRE, código de registro electrónico), y una vez obtenido el OK de la AEAT podrá salir a entregar el producto. Después de entregarlo y ocuparse de acreditar que el cliente cumple con los requisitos para poder recibirlo, tendrá la obligación de notificar telemáticamente a la AEAT los datos concretos de la entrega. Por lo tanto, con el Siane y el SII, la AEAT tiene la misma información detallada de la actividad de una empresa que tienen sus propios trabajadores. Todo ello con el extra de una espada de Damocles llamada catálogo de sanciones e infracciones en que no se permite el error humano.

Con el Silicie se dará la vuelta de tuerca final al control total, esta vez para la generalidad de las empresas de estos sectores, pues con él se obliga a la llevanza de la contabilidad de los impuestos especiales mediante el suministro electrónico de los asientos contables con una inmediatez de 24 horas como mínimo en los principales movimientos de productos.

Por lo tanto, el ‘pack’ SII + Siane + Silicie para las empresas y los profesionales del ámbito de los impuestos especiales será lo más parecido a entregar las llaves de la empresa a la AEAT y tenerla como Gran Hermano en el día a día, en el minuto a minuto.

En un sector, principalmente en el de los hidrocarburos, en que los fraudes vinculados con el IVA han sido muchos y muy grandes en los últimos años, estos avances en la disposición inmediata de información sin duda tienen un gran beneficio para la AEAT en sus trabajos de control. Sin embargo, si bien la AEAT dispone con mayor celeridad de la información y documentación con que se pueden detectar los fraudes, no parece que por parte de la Administración se vayan a plantear rebajar los cuatro años de prescripción fiscal en los que se puede revisar la actividad de las empresas. Esto no parece que coloque a la Administración y los contribuyentes en una situación de ‘quid pro quo’ respecto a, por lo menos, los esfuerzos que deben hacerse por las empresas para cumplir con tantas nuevas obligaciones de suministro inmediato de información.

SII, Siane, Silicie… ¿La Agencia Tributaria quiere controlar la actividad de las empresas desde dentro y parece que ha abierto nuevas ventanillas en las instalaciones de los contribuyentes? La respuesta parece clara con tanto SI…

Fuente: ElConfidencial.com

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