Este nuevo concepto se debe a una refacturación en las regiones que no repercutieron a los hogares los tributos obligatorios en 2013.
Los consumidores de diez comunidades autónomas abonarán un recargo en los recibos de la luz a partir de septiembre del año en curso en una sola vez o prorrateado en 12 pagos mensuales tras la inclusión de un suplemento territorial no aplicado en el pasado y relacionado con los peajes de acceso de energía eléctrica. Este nuevo concepto se debe a una refacturación por los consumos de hace seis años en las regiones que no repercutieron en los usuarios los impuestos obligatorios en 2013, que, en cambio, fueron asumidos por las comercializadoras de electricidad. La cuantía adicional va desde menos de un euro en algunas comunidades, hasta los casi 20 euros de más que se aplicarán en Galicia, tal y como recuerda la Organización de Consumidores OCU. Así, esta refacturación se desgranará en el recibo bajo el concepto «suplemento territorial» y se cargará a los hogares con contrato durante 2013 aunque hayan cambiado de empresa comercializadora y estén o no en el mercado regulado. [
El retraso en la facturación se debe a que en 2012 se legisló que era prescriptivo cobrar al ciudadano estos impuestos autonómicos a la actividad eléctrica, pero las tarifas de acceso no llegaron a reflejar esta diferencia. De este modo, este suplemento no fue contemplado en la práctica por el Gobierno y tuvo que ser absorbido por las propias empresas comercializadoras, que recurrieron la cuestión. El debate se zanjó al dictaminar el Tribunal Supremo la obligación de pagar ese recargo para cubrir esa tasa que debía sumar al peaje de acceso un extra con origen regional y que sería abonado por los usuarios
Un año más tarde, en 2014, se revisó de nuevo la ley y se eliminó la obligación de repercutir los impuestos territoriales a los consumidores, sin embargo, las compañías decidieron reclamar las cantidades no cobradas de forma retroactiva.
En 2017 ya se aplicó una primera refacturación a los clientes de La Rioja, de Castilla La Mancha y Valencia y ahora les toca el turno de aplicarla a Andalucía, Aragón, Asturias, Cantabria, Castilla y León, Extremadura, Galicia, Madrid, Murcia, Navarra. A ellas también se suma Cataluña, cuya refacturación provisional -aprobada en 2017- fue insuficiente para recaudar la totalidad del importe y ahora le corresponde abonar la diferencia. En conclusión, todas las Comunidades Autónomas que no aplicaron los impuestos regionales obligatorios en esas fechas -excepto Baleares, Canarias y País Vasco por no tener en el ejercicio 2013 figuras tributarias relacionadas con los suplementos- aplicarán recargos en el recibo de la luz.
Pero, ¿cuánto se cobrará en cada región? En función del importe se facturará en una sola vez o en 12 meses, tal y como indican desde Lucera. Si la refacturación es menor a dos euros (sin IVA) se cobrará en un único recibo. Si el importe es superior a 2 euros (sin IVA) se prorrateará la suma a pagar en los recibos de todo un año.
Antes de aplicar el recargo en el recibo, las empresas distribuidoras o comercializadoras deberán enviar a sus clientes una carta o nota informativa en la que avisan de esta regularización en el cobro que vendrá identificado por el concepto «Suplemento territorial por tributos autonómicos de la Comunidad Autónoma [X] del año 2013».
En el blog de la compañía Gesternova Energía avanzan que el cobro se empezará a aplicar desde septiembre de este año y recuerdan que las comercializadoras solo hacen de intermediarios en el cobro ya que «deben entregar la totalidad de lo recaudado por este concepto o a las distribuidoras, que, a su vez, serán las encargadas de liquidar el suplemento con cada comunidad autónoma».
Fuente: Abc.es