El Tribunal Constitucional (TC) ha admitido a trámite la cuestión de inconstitucionalidad presentada por la Sala de lo Contencioso del Tribunal Supremo (TS) sobre determinados apartados de la ley murciana de 2011 que estableció una serie de medidas fiscales y de fomento económico.
La sala duda de que estén ajustados a la Constitución tres de los apartados del artículo que regula el impuesto que grava las instalaciones que incidan en el medio ambiente de la región.
El Alto Tribunal cuestiona los referidos al hecho y a la base imponibles y a la cuota tributaria que deben pagar los afectados.
De acuerdo con lo fijado en la ley, el hecho imponible es la realización de actividades de producción eléctrica y la base imponible la producción bruta de la media de los tres últimos ejercicios.
De la cuota dice que será el resultado de multiplicar la base imponible por 0,0018 euros.
La cuestión de inconstitucionalidad admitida ha sido planteada por una de las secciones de la sala en el contencioso que se sigue en ella desde 2016.
Ahora, el Constitucional ha dado 15 días de plazo para que quienes son parte en el recurso puedan personarse en estas actuaciones.
Fuente: Abc.es