Hasta marzo, la recaudación por transmisiones aumentó un 7,8%. Las comunidades ingresan un 3,8% menos por sucesiones.
El impuesto sobre transmisiones patrimoniales y el impuesto sobre sucesiones son dos de los tributos que las comunidades recaudan íntegramente y sobre los que tienen una amplia competencia. Los últimos datos de ejecución presupuestaria reflejan que ambas figuras fiscales siguen caminos opuestos. En el primer trimestre, las comunidades recaudaron 2.076 millones por el impuesto sobre transmisiones patrimoniales y actos jurídicos documentados, un 7,8% más que en el mismo periodo del año anterior. Estos impuestos gravan la compraventa de viviendas de segunda mano y actos como la firma de una hipoteca. Su evolución al alza refleja la buena situación del mercado inmobiliario.
En cambio, el impuesto sobre sucesiones ha seguido tradicionalmente una senda más errática, ya que no depende del mercado. Los datos del Ministerio de Hacienda indican que, hasta el primer trimestre del año, las comunidades recaudaron por el impuesto sobre sucesiones y donaciones 790 millones, un 3,8% menos que en el mismo periodo del año anterior.
La caída de este tributo no solo está relacionada con un posible descenso del número de herencias, sino que también guarda relación con las medidas fiscales adoptadas por las comunidades autónomas. La tendencia iniciada por la Comunidad de Madrid hace más de una década de rebajar el tributo se ha extendido, especialmente en el caso de transmisiones entre familiares directos. El último informe del Registro de Economistas Asesores Fiscales (REAF) indica que cinco autonomías han rebajado el impuesto sobre sucesiones para las herencias entre familiares directos en 2018. Son Andalucía, Asturias, Castilla y León, Extremadura y Murcia.
Solo han optado por subirlo Cantabria y Navarra. Para las herencias del grupo I (hijos menores de 21 años), se pagan importes simbólicos en Asturias, Baleares, Canarias, Castilla-La Mancha, Galicia, Extremadura, Madrid, Murcia, La Rioja, Navarra y País Vasco. En el resto de comunidades, no se tributa si se cumplen ciertas condiciones. Por ejemplo, en Andalucía se ha fijado un límite de un millón de euros.
Fuente: Cincodías.com