Los planes de pensiones reducen la base imponible del IRPF. Cómo condiciona la fiscalidad las decisiones de inversión.
Cuando llega la campaña de la declaración de la renta siempre nos surgen algunas dudas sobre si hemos tomado las decisiones de ahorro o de inversión más beneficiosas en el plano tributario. Conviene recordar que los planes son el instrumento más beneficioso, ya que estos, junto a los planes de pensiones asegurados (PPA) –la versión comercializada por las aseguradoras–, son los únicos vehículos que permiten reducir nuestra base imponible del IRPF. Una ventaja, eso sí, que tiene sus limitaciones en las aportaciones: hasta 8.000 euros anuales o el 30% de los rendimientos netos del trabajo y actividades económicas.
Tampoco hay que olvidar que es posible realizar aportaciones a favor del cónyuge: hasta 2.500 euros, siempre y cuando este no haya tenido rendimientos netos del trabajo ni de actividades económicas superiores a 8.000 euros anuales.
Sin embargo, más allá de los mencionados planes de pensiones, conviene saber qué tratamiento fiscal tienen otros productos de ahorro o inversión, una cuestión que muchas veces puede condicionar la decisión que tomemos, bien por ser una cuestión muy importante, bien porque su efecto en la propia inversión no es tan importante como para desistir de una contratación. Es más, el secretario general de la sociedad de valores Diaphanum, Fernando Estévez, cree que el universo de posibilidades en otros instrumentos es realmente amplio, por lo que cabe plantearse renunciar a ventajas fiscales a cambio de poder ver incrementada a lo largo del tiempo la base ahorrada. En su opinión, “las consideraciones fiscales, aun siendo inevitables e indudablemente necesarias, no deben dirigir el timón a la hora de decidir el destino de la inversión. Se requiere un análisis más amplio en términos coste/beneficio neto absoluto”.
También Alfonso Castro, director de Arquia Gestión, cree que la fiscalidad no debería condicionar nuestra decisión de inversión, más bien debería ser uno más de los factores que tendremos que analizar en beneficio de nuestro objetivo final.
En cuanto a Joan Pons, secretario de la agrupación de asesores financieros EFPA España y socio director de Linkservices, más allá de los planes ve interesantes fiscalmente, “en general, los productos de rentabilidad acumulada, es decir, aquellos que no supongan una renta periódica al titular, en tanto esta renta está sujeta a tributación”, como los fondos de inversión y seguros de vida o capitalización, “y muy en particular los Sialp”. Recomienda huir “de las acciones cotizadas y de los activos de renta fija con cupón periódico, etc.”.
Respecto a la inversión más pura, “como consejo general, conviene invertir en productos que generan un mismo tipo de renta (ganancia patrimonial o rendimiento del capital mobiliario), en tanto si se obtienen pérdidas estas pueden compensar directamente los beneficios de los productos de la misma categoría hasta el límite de estas rentas positivas”, opina Pons.
El responsable de EFPA cree que el tratamiento fiscal afecta directamente a nuestras decisiones de ahorro o inversión, ya que “a menudo nos quedamos con la idea de que las rentas de activos financieros tributan por igual en la base imponible del ahorro (en la escala de tipos del 19%, 21% y 23%), pero no por ello debemos dejar de tener en cuenta ciertos aspectos fiscales de dichos productos”. Así, por ejemplo, que una renta no esté sujeta a retención a cuenta (aunque sujeta a tributación) aumenta su capacidad de generar intereses.
Fuente: Cincodías.com