Los estudiantes que lleven más de seis meses en un año fuera de España no tendrán la obligación de pagar el IRPF a la Agencia Tributaria. La Sala Tercera de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo ha establecido que Hacienda no puede cobrar el IRPF a los estudiantes que hayan recibido una beca para estudiar en el extranjero más de 183 días al año.
Este límite es el que distingue a los residentes habituales en un ejercicio fiscal. El Supremo señala que en caso de superar este límite, no puede considerarse como una ausencia esporádica de las que computan según la Ley de IRPF.
Como recoge Efe, el Supremo ha rechazado con este argumento cinco recursos del abogado del Estado contra resoluciones del Tribunal Superior de Justicia de Asturias, que dio la razón a cinco estudiantes becados en el extranjero por el Instituto de Comercio Exterior (ICEX). Ahora el Fisco les tendrá que devolver con intereses el dinero que el ICEX les retuvo –entre 2.000 y 10.000 euros, según cada caso–.
Fuente: Abc.es